Tres Cantos (BOCM-20200707-69)
Urbanismo. Estudio detalle parcela
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
TRES CANTOS
URBANISMO
BOCM-20200707-69
Expediente 20PD-0002. Estudio de detalle para la ordenación de la parcela RC.29 del
Sector AR “Nuevo Tres Cantos” promovido por FC y C, S. L., aprobación inicial.
Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4
de junio de 2020 (número 317/2020), se ha adoptado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
1. Admitir a trámite y aprobar inicialmente el estudio de detalle para la ordenación
de la parcela RC.29, del Sector AR “Nuevo Tres Cantos” (documento aportado el 22 de
mayo de 2020, con RE. 12161/2020, incorporando las aclaraciones requeridas por el servicio técnico de arquitectura).
2. La aprobación inicial comporta la suspensión de la realización de actos de uso del
suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades en el ámbito afectado por
el estudio de detalle: parcela RC.29, descrito pormenorizadamente en el capítulo 2: “Información sobre el ámbito”, del volumen 1 Memoria de información, del Bloque I: “Documentación informativa” del Estudio de Detalle y representado gráficamente en los Planos
de Información denominados según el índice de planos de información: I-1 “Situación”, I-2
“Levantamiento Topográfico”, I-3 “Ordenación según el Planeamiento vigente”.
3. Someter a trámite de información pública el estudio de detalle por un plazo de
veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se insertará igualmente anuncio relativo a dicho trámite
en un diario de los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Durante el trámite de información pública, podrá examinarse el documento por
cualquier persona y formularse las alegaciones que se consideren convenientes.
Lo que se hace público a tenor y en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 60 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 40 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significando que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en www.trescantos.es y Unidad de Disciplina y Planeamiento del Departamento de
Urbanismo de este Ayuntamiento, de 9:30 a 13:30 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14
de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionad por la COVID-19, los plazos antes indicados quedan automáticamente
suspendidos, por lo que su cómputo se iniciará una vez pierda vigencia el citado real decreto o las prórrogas del mismo.
Tres Cantos, a 10 de junio de 2020.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez de la
Morena.
(02/12.649/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 163
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
TRES CANTOS
URBANISMO
BOCM-20200707-69
Expediente 20PD-0002. Estudio de detalle para la ordenación de la parcela RC.29 del
Sector AR “Nuevo Tres Cantos” promovido por FC y C, S. L., aprobación inicial.
Mediante acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 4
de junio de 2020 (número 317/2020), se ha adoptado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:
1. Admitir a trámite y aprobar inicialmente el estudio de detalle para la ordenación
de la parcela RC.29, del Sector AR “Nuevo Tres Cantos” (documento aportado el 22 de
mayo de 2020, con RE. 12161/2020, incorporando las aclaraciones requeridas por el servicio técnico de arquitectura).
2. La aprobación inicial comporta la suspensión de la realización de actos de uso del
suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades en el ámbito afectado por
el estudio de detalle: parcela RC.29, descrito pormenorizadamente en el capítulo 2: “Información sobre el ámbito”, del volumen 1 Memoria de información, del Bloque I: “Documentación informativa” del Estudio de Detalle y representado gráficamente en los Planos
de Información denominados según el índice de planos de información: I-1 “Situación”, I-2
“Levantamiento Topográfico”, I-3 “Ordenación según el Planeamiento vigente”.
3. Someter a trámite de información pública el estudio de detalle por un plazo de
veinte días desde la publicación del anuncio de la aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se insertará igualmente anuncio relativo a dicho trámite
en un diario de los de mayor difusión, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Durante el trámite de información pública, podrá examinarse el documento por
cualquier persona y formularse las alegaciones que se consideren convenientes.
Lo que se hace público a tenor y en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 60 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 40 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significando que el expediente se encuentra a disposición de los interesados en www.trescantos.es y Unidad de Disciplina y Planeamiento del Departamento de
Urbanismo de este Ayuntamiento, de 9:30 a 13:30 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14
de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis
sanitaria ocasionad por la COVID-19, los plazos antes indicados quedan automáticamente
suspendidos, por lo que su cómputo se iniciará una vez pierda vigencia el citado real decreto o las prórrogas del mismo.
Tres Cantos, a 10 de junio de 2020.—El primer teniente de alcalde, Javier Juárez de la
Morena.
(02/12.649/20)
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ISSN 1989-4791