Madrid número 20 (BOCM-20200707-84)
Procedimiento 631/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
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MADRID NÚMERO 20
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de Procedimiento Ordinario (250.2) 631/2019, entre
BUILDINGCENTER, S.A.U., contra D. FRANCISCO JOSE PEDRAZA HERRERO y
Dña. MARIA ESTHER HERRERO PERNIA E IGNORADOS OCUPANTES C/ CASTALIA DE VALLECAS 3, 1° C, en cuyos autos se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 334/2019
MAGISTRADA- JUEZ: Dña, BLANCA ROSA BARTOLOMÉ COLLADO
Lugar: Madrid
Fecha: veinte de diciembre de dos mil diecinueve
Vistos por la llma. Sra. Dña. Blanca Rosa Bartolomé Collado, Magistrado Juez titular
del Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de los de Madrid, los autos de juicio verbal 631/2019, derivados de demanda presentada por BUILDING CENTER SAU, representado por el Procurador Sr, Montero Reiter y asistido por el Letrado Sr. Ramia de Cap Perez Manglano,
contra los IGNORADOS OCUPANTES DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE CASTALIA DE VALLECAS Nº 3. 1º A DE MADRID. habiéndose personado en los autos don
FRANCISCO JOSE PEDRAZA HERRERO y DOÑA MARIA ESTHER HERRERO
PERNIA, representados por la Procuradora Sra. Barrera Rivas y bajo la dirección letrada
del Sr. Cerdeira Villegas, dieta la presente resolución en base a los siguientes,
FALLO
Que, estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Montero
Reiter, en nombre y representación de BUILDING CENTER SAU, contra IGNORADOS
OCUPANTES DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE CASTALIA DE VALLECAS Nº
3, 1° A DE MADRID, habiéndose personado en los autos don FRANCISCO JOSE PEDRAZA HERRERO y DOÑA MARIA ESTHER HERRERO PERNIA:
Se declara la ocupación de los demandados, sin título que les legitime para ello, de la
vivienda sita en la CALLE CASTALIA DE VALLECAS Nº 3, 1º A DE MADRID.
En consecuencia, se acuerda el desahucio de los demandados de dicha vivienda, que
deberán dejar libre y a disposición de su propietario en el plazo legal, con el apercibimiento de que, de no hacerlo podrán ser lanzados por la fuerza y a su costa.
Se imponen las costas de esta primera instancia a la parte demandada.

Para el anuncio o preparación del recurso será necesario consignar depósito de 50
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/09 de 3 de
noviembre que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la Disposición Adicional Decimoquinta).

BOCM-20200707-84

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.