Madrid número 16 (BOCM-20200707-136)
Procedimiento 1398/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 163
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
136
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1398/2019 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. ALVARO LLORENTE NUÑEZ frente a ASI SOLUCIONES Y
TECNOLOGIA S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. ALVARO LLORENTE NUÑEZ frente a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGIA S.L., debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del actor y CONDENO a la empresa demandada a la inmediata readmisión del trabajador o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma
de 52.319,9 euros y en caso de readmisión con abono de los salarios de tramitación desde
la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, a razón de 98,81
euros/día; condenando igualmente a dicha empresa demandada a abonar al actor la cuantía de 33.774,44 euros.
Se hace advertencia de que la citada opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no
hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por la readmisión.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de junio de dos mil veinte.
BOCM-20200707-136
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.418/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 163
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
136
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1398/2019 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. ALVARO LLORENTE NUÑEZ frente a ASI SOLUCIONES Y
TECNOLOGIA S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. ALVARO LLORENTE NUÑEZ frente a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGIA S.L., debo DECLARAR Y DECLARO IMPROCEDENTE EL DESPIDO del actor y CONDENO a la empresa demandada a la inmediata readmisión del trabajador o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma
de 52.319,9 euros y en caso de readmisión con abono de los salarios de tramitación desde
la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, a razón de 98,81
euros/día; condenando igualmente a dicha empresa demandada a abonar al actor la cuantía de 33.774,44 euros.
Se hace advertencia de que la citada opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo Social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no
hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por la readmisión.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ASI SOLUCIONES Y TECNOLOGIA S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de junio de dos mil veinte.
BOCM-20200707-136
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(03/13.418/20)
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ISSN 1989-4791