Manzanares el Real (BOCM-20200707-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento Agrupación Voluntarios Protección Civil
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020

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contemplados en los procedimientos de intervención incorporados en los acuerdos
de colaboración con los servicios públicos competentes, cuando procedan.
d) Apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el aseguramiento del control de
accesos y tráfico de la zona afectada, siempre y cuando tengan la formación específica de auxiliares de los agentes de la circulación.
Art. 33. Colaboración de la agrupación con los servicios de emergencia.—Se definirá por parte del Servicio Municipal de Protección Civil de Manzanares el Real procedimientos de actuación, si bien los mismos deberán estar enmarcados dentro del acuerdo o
convenio que exista entre el municipio y los servicios públicos competentes de la Comunidad de Madrid.
Art. 34. Actuaciones operativas ante emergencias extraordinarias.—1. La agrupación se ajustará a su actuación y coordinación a lo estipulado en los Planes de Protección
Civil de la Comunidad de Madrid y en los Planes Territoriales que se puedan aprobar en el
ámbito competencial del ayuntamiento de Manzanares el Real.
2. Se podrán realizar en su caso acciones de apoyo para los grupos de acción, previa
solicitud de estos, siempre que estén debidamente cualificados y dentro de los convenios
previstos con el Cuerpo de Bomberos o SUMMA 112.
Art. 35. Equipos de respuesta inmediata en emergencias (ERIES).—Se promoverá
por parte del servicio municipal de Protección Civil de Manzanares el Real, el poderse adherir a la agrupación a las ERIES de Protección Civil de la Comunidad de Madrid según las
condiciones y requisitos que se establezcan en el reglamento de estas.
Art. 36. Sistemas informáticos y de comunicación.—La agrupación contará con sistemas informáticos adecuados a las especialidades de su gestión, así como con redes de
transmisiones y telecomunicación que garanticen, no sólo la eficaz prestación de sus servicios, sino también la coordinación con otros servicios municipales.
Art. 37. Medios móviles y equipos.—La agrupación mantendrá una flota de vehículos, medios móviles y equipos que garanticen una eficacia de las funciones encomendadas.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
A la entrada en vigor del presente Reglamento quedarán derogadas cuantas normas de
igual o inferior rango referentes a la organización y funcionamiento del voluntariado de
Protección Civil de Manzanares el Real, se opongan a lo establecido en el mismo.
DISPOSICIONES FINALES

BOCM-20200707-61

Primera.—Se faculta al alcalde o concejal delegado, para dictar cuantas disposiciones
fueren precisas en el desarrollo y ejecución del Reglamento».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid.
En Manzanares el Real, a 25 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis
Labrador Vioque.
(03/14.655/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791