Madrid número 16 (BOCM-20200707-132)
Ejecución 43/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 163
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020
Pág. 263
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 43/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. MIGUEL ALFREDO LIX HERRERA frente a D./Dña. JANE MACHADO PIM sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MIGUEL ALFREDO LIX HERRERA, frente a la demandada D./Dña. JANE MACHADO PIM, parte ejecutada, por un principal de 522,13 euros, más 52,21 euros y 52,21
euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la
cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2514-0000-64-0043-20.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. JANE MACHADO PIM, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de junio de dos mil veinte.
BOCM-20200707-132
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.423/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 163
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MARTES 7 DE JULIO DE 2020
Pág. 263
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Ana Correchel Calvo, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 43/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. MIGUEL ALFREDO LIX HERRERA frente a D./Dña. JANE MACHADO PIM sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. MIGUEL ALFREDO LIX HERRERA, frente a la demandada D./Dña. JANE MACHADO PIM, parte ejecutada, por un principal de 522,13 euros, más 52,21 euros y 52,21
euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la
cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2514-0000-64-0043-20.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. JANE MACHADO PIM, en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de junio de dos mil veinte.
BOCM-20200707-132
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.423/20)
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ISSN 1989-4791