Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago (BOCM-20200706-60)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones Centro de Día
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
Pág. 253
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su sesión celebrada con fecha 11 de febrero de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza del precio público por prestación del servicio de transporte y comedor en el Centro de Día de Pinilla de Buitrago, que ha resultado definitiva al no
presentarse reclamaciones, en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Modificación de la ordenanza
BOCM-20200706-60
Artículo quinto (se añade un nuevo párrafo):
“La recaudación del precio por el servicio de estancia y asistencia al Centro de Día se
aplicará a partir de que el número de inscritos como asistentes llegue a quince que necesariamente deberán permanecer en el Centro de Día un mínimo de cinco horas diarias”.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que estime conveniente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Gargantilla del Lozoya, a 24 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, Rafael García
Gutiérrez.
(03/14.446/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
Pág. 253
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO
RÉGIMEN ECONÓMICO
El Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su sesión celebrada con fecha 11 de febrero de 2020, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza del precio público por prestación del servicio de transporte y comedor en el Centro de Día de Pinilla de Buitrago, que ha resultado definitiva al no
presentarse reclamaciones, en virtud de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Modificación de la ordenanza
BOCM-20200706-60
Artículo quinto (se añade un nuevo párrafo):
“La recaudación del precio por el servicio de estancia y asistencia al Centro de Día se
aplicará a partir de que el número de inscritos como asistentes llegue a quince que necesariamente deberán permanecer en el Centro de Día un mínimo de cinco horas diarias”.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados
recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda
interponerse cualquier otro recurso que estime conveniente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Gargantilla del Lozoya, a 24 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, Rafael García
Gutiérrez.
(03/14.446/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791