Arganda del Rey (BOCM-20200706-44)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20200706-44
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2020, ha acordado
aprobar inicialmente la modificación de la aprobación inicial de la ordenanza fiscal número 10, reguladora de la tasa por tramitación de licencias de instalación, apertura y funcionamiento de actividades.
Lo que se hace público al objeto de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados puedan
examinar el expediente en horario de atención al público, de lunes a viernes, en las oficinas municipales, sitas en Plaza de la Constitución, en el plazo de treinta días hábiles, que
comenzarán a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y formular por escrito las alegaciones que estimen oportunas.
Arganda del Rey, a 2 de julio de 2020.—La concejala-delegada de Hacienda y Régimen
Interior, Ana María Sabugo Marcello.
(03/15.584/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 232
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LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
ARGANDA DEL REY
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20200706-44
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2020, ha acordado
aprobar inicialmente la modificación de la aprobación inicial de la ordenanza fiscal número 10, reguladora de la tasa por tramitación de licencias de instalación, apertura y funcionamiento de actividades.
Lo que se hace público al objeto de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados puedan
examinar el expediente en horario de atención al público, de lunes a viernes, en las oficinas municipales, sitas en Plaza de la Constitución, en el plazo de treinta días hábiles, que
comenzarán a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y formular por escrito las alegaciones que estimen oportunas.
Arganda del Rey, a 2 de julio de 2020.—La concejala-delegada de Hacienda y Régimen
Interior, Ana María Sabugo Marcello.
(03/15.584/20)
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ISSN 1989-4791