B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20200706-13)
Puesto libre designación – Orden de 22 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 24 de enero de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero de 2020), para la provisión de puestos de trabajo en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
Pág. 67
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
13
ORDEN de 22 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 24 de enero
de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero de 2020),
para la provisión de puestos de trabajo en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de fecha 24 de
enero de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero), se
aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
En virtud del citado Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
por el cual se atribuye a los respectivos Consejeros la competencia para la resolución de las
convocatorias para la provisión de puestos de trabajo, y de acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Hacienda
y Función Pública,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se declaran desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo.
Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a
partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 22 de junio de 2020.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
P. D. (Orden de 14 de septiembre de 2015; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 17 de septiembre), el Secretario General Técnico, Ignacio Gutiérrez Llano.
BOCM-20200706-13
Recursos
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LUNES 6 DE JULIO DE 2020
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
13
ORDEN de 22 de junio de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 24 de enero
de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero de 2020),
para la provisión de puestos de trabajo en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
Por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de fecha 24 de
enero de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de febrero), se
aprobó convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Libre Designación.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
En virtud del citado Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
por el cual se atribuye a los respectivos Consejeros la competencia para la resolución de las
convocatorias para la provisión de puestos de trabajo, y de acuerdo con la propuesta formulada por la unidad responsable y el informe favorable emitido por la Consejería de Hacienda
y Función Pública,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se declaran desiertos los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo.
Segundo
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a
partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 22 de junio de 2020.—El Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
P. D. (Orden de 14 de septiembre de 2015; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 17 de septiembre), el Secretario General Técnico, Ignacio Gutiérrez Llano.
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