El Escorial (BOCM-20200706-55)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones trabajo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 246
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 162
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
EL ESCORIAL
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20200706-55
Que el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria, celebrada con fecha 6 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
«Asunto: anulación del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 23 de marzo
de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19 del acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal funcionario, en ejecución de sentencia (P.O. 616/2017).
Con fecha 16 de julio de 2019 se recibió testimonio de la sentencia firme número 282/2019 de 5 de abril recaída en el procedimiento ordinario 616/2017 y dictada por el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el contencioso iniciado por la Abogacía del Estado contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de 23 de marzo
de 2017 que aprobó la modificación del artículo 19 del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, que establecía el derecho de los funcionarios a poder disfrutar como día de libre disposición el día de Santa Quiteria.
El fallo de esta sentencia estimaba el recurso interpuesto y declaraba nula la disposición impugnada al considerar que el régimen estatutario establecido en el artículo 48 del
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público de 2015 donde se determinan los
permisos que corresponden a los funcionarios públicos no resulta susceptible de negociación y en definitiva ampliación de los determinados en este apartado.
Con fecha 11 de octubre de 2017 y como medida de suspensión cautelar también acordada judicialmente este Ayuntamiento determinó la suspensión de este permiso para los
funcionarios de la Corporación.
En consecuencia, el fallo de esta sentencia obliga al órgano que adoptó el acuerdo a
declarar la nulidad del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 23 de marzo
de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19 del acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal funcionario que literalmente señala que los trabajadores volverán a disfrutar, como día adicional de libre disposición, el día de Santa Quiteria.
El artículo 103.2 de la LJCA establece expresamente: “Las partes están obligadas a
cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen”.
Corresponde por tanto al Pleno, como órgano que lo adoptó, la ejecución del fallo recaído en la sentencia.
En consecuencia, se propone al Pleno de la Corporación.
Primero.—Declarar, en ejecución de la sentencia número 282/2019 de 5 de abril recaída en el procedimiento ordinario 616/2017, la nulidad del acuerdo adoptado por el Pleno en
sesión de fecha 23 de marzo de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19
del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario que literalmente señala que “los trabajadores volverán a disfrutar, como día adicional de libre disposición,
el día de Santa Quiteria”.
Proceder a la publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Segundo.—Notificar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el cumplimiento del fallo recaído y su ejecución».
En El Escorial, a 23 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.
(03/14.411/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Que el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria, celebrada con fecha 6 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:
«Asunto: anulación del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 23 de marzo
de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19 del acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal funcionario, en ejecución de sentencia (P.O. 616/2017).
Con fecha 16 de julio de 2019 se recibió testimonio de la sentencia firme número 282/2019 de 5 de abril recaída en el procedimiento ordinario 616/2017 y dictada por el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el contencioso iniciado por la Abogacía del Estado contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión de 23 de marzo
de 2017 que aprobó la modificación del artículo 19 del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario, que establecía el derecho de los funcionarios a poder disfrutar como día de libre disposición el día de Santa Quiteria.
El fallo de esta sentencia estimaba el recurso interpuesto y declaraba nula la disposición impugnada al considerar que el régimen estatutario establecido en el artículo 48 del
texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público de 2015 donde se determinan los
permisos que corresponden a los funcionarios públicos no resulta susceptible de negociación y en definitiva ampliación de los determinados en este apartado.
Con fecha 11 de octubre de 2017 y como medida de suspensión cautelar también acordada judicialmente este Ayuntamiento determinó la suspensión de este permiso para los
funcionarios de la Corporación.
En consecuencia, el fallo de esta sentencia obliga al órgano que adoptó el acuerdo a
declarar la nulidad del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 23 de marzo
de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19 del acuerdo regulador de las
condiciones de trabajo del personal funcionario que literalmente señala que los trabajadores volverán a disfrutar, como día adicional de libre disposición, el día de Santa Quiteria.
El artículo 103.2 de la LJCA establece expresamente: “Las partes están obligadas a
cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen”.
Corresponde por tanto al Pleno, como órgano que lo adoptó, la ejecución del fallo recaído en la sentencia.
En consecuencia, se propone al Pleno de la Corporación.
Primero.—Declarar, en ejecución de la sentencia número 282/2019 de 5 de abril recaída en el procedimiento ordinario 616/2017, la nulidad del acuerdo adoptado por el Pleno en
sesión de fecha 23 de marzo de 2017, dejando sin efecto el apartado primero del artículo 19
del acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario que literalmente señala que “los trabajadores volverán a disfrutar, como día adicional de libre disposición,
el día de Santa Quiteria”.
Proceder a la publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Segundo.—Notificar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el cumplimiento del fallo recaído y su ejecución».
En El Escorial, a 23 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio.
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