Móstoles (BOCM-20200703-52)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo 11/747, de la Junta de Gobierno Local de 3 de diciembre de 2019,
por el que se aprueban las bases reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la
realización de Proyectos de Innovación y/o buenas prácticas educativas en centros públicos
de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL, de Móstoles, durante el curso 2019-2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladoras de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas lo centros públicos de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL de Móstoles.
Segundo. Objeto.—Regular las medidas de apoyo y reconocimiento a los proyectos
que desarrollen experiencias de innovación en aras de la mejora en la calidad de la enseñanza, en los centros públicos de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL del
municipio de Móstoles.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo 11/747, de la Junta de Gobierno Local de 3 de
diciembre de 2019.
Cuarto. Cuantía.—La Concejalía de Educación y Juventud destinará a la presente convocatoria un máximo de 15.000 euros para la financiación de las ayudas que tendrán la naturaleza jurídica de subvención y que serán financiadas con cargo a la aplicación 35-3261-48905
del presupuesto general del Ayuntamiento. La concesión de las ayudas tendrá lugar durante el
año 2020, y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto en vigor en ese momento. La cuantía máxima de la ayuda económica de cada proyecto
no podrá superar la cantidad de mil euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días a partir del día siguiente a su publicación en el espacio web reservado al efecto http://www.mostoles.es/Educacion/es/tablon-anuncios-publicaciones quedando establecido entre el 5 y el 30 de diciembre de 2019, ambos inclusive. Se acompañará de la siguiente documentación: Anexo 1, Solicitud de participación, Anexo 2, Contenidos Proyecto.
Ambos anexos disponibles en la web municipal.
Sexto. Otros datos.—Los beneficiarios acreditarán la realización de la actividad subvencionada mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento o Registros
Auxiliares de las Junta Municipales de Distrito, en cualquier momento desde la aprobación
de la resolución de concesión y siempre antes del 15 de julio de 2020, la siguiente documentación:
a) Memoria final del proyecto.
b) Relación detallada de los gastos generados durante el curso escolar 2019-2020 y
de las facturas que se adjuntan.
c) Facturas originales, conformadas por el centro educativo.
En Móstoles, a 3 de diciembre de 2019.—La concejala-delegada de Educación y Juventud, Natividad Gómez Gómez.
(03/14.705/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200703-52
BNDS: 490389
B.O.C.M. Núm. 160
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VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
Pág. 129
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo 11/747, de la Junta de Gobierno Local de 3 de diciembre de 2019,
por el que se aprueban las bases reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para la
realización de Proyectos de Innovación y/o buenas prácticas educativas en centros públicos
de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL, de Móstoles, durante el curso 2019-2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladoras de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas lo centros públicos de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL de Móstoles.
Segundo. Objeto.—Regular las medidas de apoyo y reconocimiento a los proyectos
que desarrollen experiencias de innovación en aras de la mejora en la calidad de la enseñanza, en los centros públicos de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y UFIL del
municipio de Móstoles.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo 11/747, de la Junta de Gobierno Local de 3 de
diciembre de 2019.
Cuarto. Cuantía.—La Concejalía de Educación y Juventud destinará a la presente convocatoria un máximo de 15.000 euros para la financiación de las ayudas que tendrán la naturaleza jurídica de subvención y que serán financiadas con cargo a la aplicación 35-3261-48905
del presupuesto general del Ayuntamiento. La concesión de las ayudas tendrá lugar durante el
año 2020, y estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto en vigor en ese momento. La cuantía máxima de la ayuda económica de cada proyecto
no podrá superar la cantidad de mil euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días a partir del día siguiente a su publicación en el espacio web reservado al efecto http://www.mostoles.es/Educacion/es/tablon-anuncios-publicaciones quedando establecido entre el 5 y el 30 de diciembre de 2019, ambos inclusive. Se acompañará de la siguiente documentación: Anexo 1, Solicitud de participación, Anexo 2, Contenidos Proyecto.
Ambos anexos disponibles en la web municipal.
Sexto. Otros datos.—Los beneficiarios acreditarán la realización de la actividad subvencionada mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento o Registros
Auxiliares de las Junta Municipales de Distrito, en cualquier momento desde la aprobación
de la resolución de concesión y siempre antes del 15 de julio de 2020, la siguiente documentación:
a) Memoria final del proyecto.
b) Relación detallada de los gastos generados durante el curso escolar 2019-2020 y
de las facturas que se adjuntan.
c) Facturas originales, conformadas por el centro educativo.
En Móstoles, a 3 de diciembre de 2019.—La concejala-delegada de Educación y Juventud, Natividad Gómez Gómez.
(03/14.705/20)
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BNDS: 490389