C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20200703-22)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto del Acuerdo de 19 de junio de 2020, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por delegación del Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2020, por el que se convocan las Ayudas Posdoctorales 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 160

El formulario de solicitud se cumplimentará vía telemática a través de la opción “Convocatorias” disponible en el Portal del Investigador. En el caso de que alguna solicitud se
presentara incompleta, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane
las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el trámite de subsanación no se podrán
reformular las solicitudes presentadas.
Sexto
Otros datos
La duración de la ayuda será de doce meses a partir de la fecha que se indique en la
resolución, que en todo caso será posterior al 1 de enero de 2021.
En la Modalidad a) la duración de la ayuda es improrrogable.
En la Modalidad b) previo informe favorable motivado de la Comisión de Investigación, la ayuda podrá ser prorrogada por doce meses más. Superados los veinticuatro meses
la ayuda es improrrogable.
Adjudicaciones y criterios de selección
La Sección de Becas y Otras Ayudas del Servicio de Gestión de la Investigación recabará de los solicitantes la documentación acreditativa del cumplimento de lo establecido en
la base 5 de la presente convocatoria.
La Comisión de Investigación dictará resolución provisional de la presente convocatoria teniendo en cuenta los criterios establecidos en el punto 10.2 de la convocatoria.
La Comisión de Investigación dictará resolución definitiva que, una vez ratificada por
el Consejo de Gobierno, se publicará en la web de investigación, pudiendo interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación.
Recursos

BOCM-20200703-22

La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo
de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 19 de junio de 2020.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Javier de la Mata de la Mata.
(03/14.721/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791