C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (BOCM-20200703-21)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto del Acuerdo de 19 de junio de 2020, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por delegación del Consejo de Gobierno, de 23 de abril de 2020, por el que se convocan las Becas de Introducción a la Investigación 2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 84
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 160
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el trámite de subsanación no
se podrán reformular las solicitudes presentadas.
Sexto
Otros datos
El disfrute de las becas será de seis meses, a partir de la fecha que se indique en la resolución, con una dedicación de quince horas semanales.
Adjudicaciones y criterios de selección
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas y Otras Ayudas. El Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas, procederá a la revisión administrativa de las solicitudes a fin de comprobar que cumplen con los requisitos de admisión, dándose trámite de
audiencia para que un plazo de 10 días presente las alegaciones que estimen oportunas o
subsanen alguna documentación. No se admitirá documentación tras la revisión administrativa.
Las quince ayudas de la presente convocatoria se distribuirán de la siguiente manera:
— Una para cada rama de las indicadas en el punto 2.3 de la presente convocatoria
(total: cinco ayudas).
— Diez distribuidas de forma proporcional al número de solicitudes presentadas en
cada rama de las indicadas en el punto 2.3 de la convocatoria (total: diez ayudas).
Recursos
BOCM-20200703-21
La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 19 de junio de 2020.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Javier de la Mata de la Mata.
(03/14.717/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el trámite de subsanación no
se podrán reformular las solicitudes presentadas.
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Otros datos
El disfrute de las becas será de seis meses, a partir de la fecha que se indique en la resolución, con una dedicación de quince horas semanales.
Adjudicaciones y criterios de selección
La instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas y Otras Ayudas. El Servicio de Gestión de la Investigación, a través de la Sección de Becas, procederá a la revisión administrativa de las solicitudes a fin de comprobar que cumplen con los requisitos de admisión, dándose trámite de
audiencia para que un plazo de 10 días presente las alegaciones que estimen oportunas o
subsanen alguna documentación. No se admitirá documentación tras la revisión administrativa.
Las quince ayudas de la presente convocatoria se distribuirán de la siguiente manera:
— Una para cada rama de las indicadas en el punto 2.3 de la presente convocatoria
(total: cinco ayudas).
— Diez distribuidas de forma proporcional al número de solicitudes presentadas en
cada rama de las indicadas en el punto 2.3 de la convocatoria (total: diez ayudas).
Recursos
BOCM-20200703-21
La presente Resolución agota la vía administrativa, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en el plazo de un
mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Alcalá de Henares, a 19 de junio de 2020.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia, Javier de la Mata de la Mata.
(03/14.717/20)
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