Valdetorres de Jarama (BOCM-20200702-64)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 159

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

VALDETORRES DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama por el que se convalida el expediente de modificación de créditos n. º 01/2020 del presupuesto en vigor, en la
modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario.
El Pleno del Ayuntamiento de Valdetorres de Jarama, en fecha 28 de mayo de 2020,
convalidó la Resolución de Alcaldía de fecha 25 de mayo de 2020 por la que se aprobó el
crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y
promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19,
por un importe de 43.875,08 euros, lo que se publica a los efectos del artículo 20.2 del Real
Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:
ALTAS E
EN CAPÍTULOS DE GASTOS:
CAPÍTULO
1
4
TOTAL

CRÉDITOS INIC
CIALES
787.038,088
304.345,500
1.091.383,588

MODIFICACIONES
E CRÉDITO
DE
36.700,00
7.175,08
43.875,08

CRÉDITOS FINA
ALES
823.738,08
311.520,58
1.135.258,66

BOCM-20200702-64

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso
contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo
impugnado.
Valdetorres de Jarama, a 19 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, José María de
Diego Tortosa.
(03/13.968/20)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791