B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20200702-3)
Puesto libre designación – Orden 259/2020, de 25 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, por la que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 90/2020, de 9 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de marzo de 2020), de la citada Consejería, por la que se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo por el procedimiento de Libre Designación
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BOCM
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
Segundo
Plazo de toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
BOCM-20200702-3
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Madrid, a 25 de junio de 2020.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre), el Secretario General Técnico, Fernando Moya Lorente.
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
Segundo
Plazo de toma de posesión
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
Tercero
Recursos
BOCM-20200702-3
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir
del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Madrid, a 25 de junio de 2020.—El Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno, P. D. (Orden 41/2019, de 20 de noviembre; BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de diciembre), el Secretario General Técnico, Fernando Moya Lorente.