Madrid número 67 (BOCM-20200702-85)
Procedimiento 924/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 159

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
85

MADRID NÚMERO 67
EDICTO

Doña Cristina Gutiérrez del Álamo Oms, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 67.
Doy fe: Que en este Juzgado sc siguen autos de procedimiento ordinario número 924/2018, instados por el procurador don Antonio García Martínez, en nombre y representación de Uniplay, S. A., contra doña Diana Iuliana Pauna, en los que se ha dictado, en
fecha 10 de octubre de 2019, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
Sentencia número 258/2019
En la ciudad de Madrid, a 10 de octubre del año 2019.
Vistos por la doña Marta Díez Pérez-Caballero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 67 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario número 924/2018, seguidos a instancias de Uniplay, S.A., representada por el procurador don Antonio García Martínez, contra doña Diana Iuliana Pauna, en situación procesal
de rebeldía.

Que, estimando la demanda interpuesta por Uniplay, S. A., contra doña Diana Iuliana
Pauna, debo:
1. Declarar resuelto el contrato de cesión de derechos de instalación de máquinas recreativas y de azar y juegos, en exclusiva y préstamo, suscrito entre las partes el 29 de octubre de 2015.
2. Condenar a la demandada a indemnizar a la actora en la suma de 22.037,60 euros,
con el interés legal correspondiente desde la interpelación judicial hasta su completo pago.
Se hace expresa imposición a la parte demandada de las costas causadas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado
para ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a partir del siguiente a la notificación.
En el caso de formularse recurso de apelación deberá constituirse el correspondiente
depósito en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, 50 euros, en la cuenta 2881-000004-0924-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 67 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2881-0000-04-0924-18.
Asimismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Diana Juliana Pauna y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado
notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 26 de febrero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.802/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20200702-85

Fallo
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