Madrid número 25 (BOCM-20200702-82)
Procedimiento 500/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
82
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
Don José Luis Peláez Díaz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 500/2019 instados por Procurador D./Dña. MARÍA DOLORES MORAL GARCÍA en nombre y representación de D./Dña. MIOARA SIMON contra D./Dña. MARIUS TRAJAN CRISTIAN
FRUNZA, en los que se ha dictado en fecha 19/05/2020 sentencia cuya parte dispositiva y
fallo es la siguiente:
SENTENCIA N.o 74/2020
JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ: D./Dña. ANTONIO MARTINEZ ROMILLO RONCERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: diecinueve de mayo de dos mil veinte.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Doña María Dolores Moral García, en nombre y representación de Doña
Mioara Simón, se formula Demanda de Adopción de Relaciones Paterno-filiales frente a
Don Marius Trajan Cristian Frunza.
SEGUNDO.- Por Decreto de 12 de septiembre de 2019 se admite a trámite la demanda y se da traslado a la parte demandada para contestar a la demanda.
TERCERO.- Por diligencia de ordenación de 15 octubre de 2019 se declara en rebeldía a la parte demandada.
CUARTO.- El día 22 de enero de 2020 se celebró la vista, quedando los autos para
Sentencia.
FALLO
Que deben acordarse las siguientes medidas:
1.- La atribución del ejercicio exclusivo de la Patria Potestad a la madre.
2.- La Guarda y Custodia se atribuye a la madre.
3.- No se establece Régimen de Visitas y Comunicación alguna.
4.- Como Alimentos, se fija la cantidad de 70 euros mensuales y el 50% de los gastos
extraordinarios.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. MA-
BOCM-20200702-82
El/la Juez/Magistrado/a Juez
Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
82
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
Don José Luis Peláez Díaz, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 500/2019 instados por Procurador D./Dña. MARÍA DOLORES MORAL GARCÍA en nombre y representación de D./Dña. MIOARA SIMON contra D./Dña. MARIUS TRAJAN CRISTIAN
FRUNZA, en los que se ha dictado en fecha 19/05/2020 sentencia cuya parte dispositiva y
fallo es la siguiente:
SENTENCIA N.o 74/2020
JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ: D./Dña. ANTONIO MARTINEZ ROMILLO RONCERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: diecinueve de mayo de dos mil veinte.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Doña María Dolores Moral García, en nombre y representación de Doña
Mioara Simón, se formula Demanda de Adopción de Relaciones Paterno-filiales frente a
Don Marius Trajan Cristian Frunza.
SEGUNDO.- Por Decreto de 12 de septiembre de 2019 se admite a trámite la demanda y se da traslado a la parte demandada para contestar a la demanda.
TERCERO.- Por diligencia de ordenación de 15 octubre de 2019 se declara en rebeldía a la parte demandada.
CUARTO.- El día 22 de enero de 2020 se celebró la vista, quedando los autos para
Sentencia.
FALLO
Que deben acordarse las siguientes medidas:
1.- La atribución del ejercicio exclusivo de la Patria Potestad a la madre.
2.- La Guarda y Custodia se atribuye a la madre.
3.- No se establece Régimen de Visitas y Comunicación alguna.
4.- Como Alimentos, se fija la cantidad de 70 euros mensuales y el 50% de los gastos
extraordinarios.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. MA-
BOCM-20200702-82
El/la Juez/Magistrado/a Juez