Getafe número 7 (BOCM-20200702-91)
Procedimiento 478/2016
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
91
GETAFE NÚMERO 7
EDICTO
D./Dña. Mª DEL CARMEN VILUMBRALES GONZÁLEZ, Letrado/a de la Admón. de
Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 7.
Da fe: que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 478/2016 instados por Procurador D./Dña. MARIA DE LOS ANGELES LUCENDO GONZALEZ en
nombre y representación de D./Dña. RALUCA ELENA DUDAU contra D./Dña. LIVIU
MATEI, en los que se ha dictado en fecha 02-09-19 sentencia cuyo fallo es la siguiente:
SENTENCIA Nº 13/2017
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. ANA MARIA GARCIA GONZALEZ
Lugar: Getafe
Fecha: diecinueve de enero de dos mil diecisiete
VISTOS por Dª. ANA GARCIA GONZALEZ, Magistrado-Juez titular de este Juzgado, los presentes autos de Juicio Verbal nº 478/2016, en virtud de las facultades que me han
sido dadas por la Constitución y en nombre de S.M. el Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales
Dª. María de los Ángeles Lucendo González, en nombre y representación de Dª. Raluca
Elena Dudau contra D. Liviu Matei Alexandru, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:
1.- Se atribuye la guarda y custodia de la hija menor de edad a la madre, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2.- Se establece un régimen de visitas a favor del padre consistente en fines de semana alternos desde la salida del colegio de la menor los viernes (o desde la hora en la que el
padre finalice dicho día su jornada laboral) y hasta las 20,00 horas del domingo, debiendo
la misma ser recogida y entregada en el domicilio materno.
3.- En cuanto a los períodos vacacionales:
- La Navidad será dividida en dos períodos, el primero desde el día 22 de diciembre
por la tarde y hasta las 20,00 horas del día 30 de diciembre; y el segundo desde dicho día y
hasta las 20,00 horas del 7 de enero, si éste fuera festivo.
- Las vacaciones de verano se dividirán por mitad. El primer período comprenderá los
diez últimos días del mes de junio, así como el mes de julio; y el segundo período el mes
de agosto y los diez primeros días del mes de septiembre.
En caso de desacuerdo sobre el período a disfrutar elegirá la madre en los años pares
y el padre en los impares. En todo caso se deberá comunicar el período a elegir con un mes
de antelación al período vacacional por el que se opte.
BOCM-20200702-91
- La Semana Santa se dividirá en dos períodos, el primero desde que la menor finalice el colegio y hasta el Miércoles Santo a las 20,00 horas y el segundo desde dicho momento y hasta el día inmediato anterior al comienzo del colegio a las 20,00 horas.
Pág. 278
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
91
GETAFE NÚMERO 7
EDICTO
D./Dña. Mª DEL CARMEN VILUMBRALES GONZÁLEZ, Letrado/a de la Admón. de
Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 7.
Da fe: que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 478/2016 instados por Procurador D./Dña. MARIA DE LOS ANGELES LUCENDO GONZALEZ en
nombre y representación de D./Dña. RALUCA ELENA DUDAU contra D./Dña. LIVIU
MATEI, en los que se ha dictado en fecha 02-09-19 sentencia cuyo fallo es la siguiente:
SENTENCIA Nº 13/2017
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. ANA MARIA GARCIA GONZALEZ
Lugar: Getafe
Fecha: diecinueve de enero de dos mil diecisiete
VISTOS por Dª. ANA GARCIA GONZALEZ, Magistrado-Juez titular de este Juzgado, los presentes autos de Juicio Verbal nº 478/2016, en virtud de las facultades que me han
sido dadas por la Constitución y en nombre de S.M. el Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por la Procuradora de los Tribunales
Dª. María de los Ángeles Lucendo González, en nombre y representación de Dª. Raluca
Elena Dudau contra D. Liviu Matei Alexandru, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:
1.- Se atribuye la guarda y custodia de la hija menor de edad a la madre, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2.- Se establece un régimen de visitas a favor del padre consistente en fines de semana alternos desde la salida del colegio de la menor los viernes (o desde la hora en la que el
padre finalice dicho día su jornada laboral) y hasta las 20,00 horas del domingo, debiendo
la misma ser recogida y entregada en el domicilio materno.
3.- En cuanto a los períodos vacacionales:
- La Navidad será dividida en dos períodos, el primero desde el día 22 de diciembre
por la tarde y hasta las 20,00 horas del día 30 de diciembre; y el segundo desde dicho día y
hasta las 20,00 horas del 7 de enero, si éste fuera festivo.
- Las vacaciones de verano se dividirán por mitad. El primer período comprenderá los
diez últimos días del mes de junio, así como el mes de julio; y el segundo período el mes
de agosto y los diez primeros días del mes de septiembre.
En caso de desacuerdo sobre el período a disfrutar elegirá la madre en los años pares
y el padre en los impares. En todo caso se deberá comunicar el período a elegir con un mes
de antelación al período vacacional por el que se opte.
BOCM-20200702-91
- La Semana Santa se dividirá en dos períodos, el primero desde que la menor finalice el colegio y hasta el Miércoles Santo a las 20,00 horas y el segundo desde dicho momento y hasta el día inmediato anterior al comienzo del colegio a las 20,00 horas.