Fuenlabrada (BOCM-20200702-45)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Las retribuciones del mismo son las que corresponden a los puestos según la vigente
relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La titularidad del puesto convocado requiere la correspondiente dedicación exclusiva
y plena.
Tercera. Requisitos de participación.—Serán requisitos para la participación en el
procedimiento de provisión convocado a los siguientes:
— Ser personal funcionario de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus OO. AA. perteneciente al grupo A1 o A2, en situación de servicio activo
o en situación de activo o en excedencia por cuidado de hijos menores de edad,
con al menos dos años de antigüedad en puestos asignados a dichos grupos.
— No haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
— Disponer de titulación superior en prevención de riesgos laborales.
Cuarta. Criterios especialmente valorables para la adjudicación de los puestos.—1.
A efectos de la motivación para la adjudicación del puesto se tendrá en cuenta especialmente la formación específica en la materia del ámbito de competencia del puesto, y la experiencia en puestos directivos o técnicos en dicho ámbito en municipios en régimen de gran
población.
Quinta. Solicitudes.—Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia dentro de
los quince días hábiles siguientes al de la publicación de las bases y la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A las solicitudes deberán acompañarse el currículum de los aspirantes en el que constarán, debidamente documentados mediante la aportación de documentos originales o copia compulsada de los mismos, la experiencia en el ámbito de responsabilidad de los correspondientes puestos, con indicación de las funciones desarrolladas en los mismos y los
proyectos en los que haya participado el aspirante, los títulos académicos que en cada caso
se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones que corresponden al puesto convocado y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente tal y como se ha puesto de manifiesto, así como
certificación de la administración pública a la que pertenezcan en la que se haga constar que
no han sido sancionados por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
Los requisitos y méritos que se invoquen vendrán referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias.
En la solicitud deberá indicarse el puesto al que la persona aspirante se presenta de entre los que son objeto de convocatoria.
Sexta. Valoración de las personas candidatas.—A la vista de las solicitudes presentadas, y dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación de instancias, el señor alcalde-presidente podrá acordar la realización de una entrevista personal
a las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
Dicha entrevista, que versará sobre los méritos alegados y las competencias personales y profesionales que las personas aspirantes pueden aportar al desempeño del puesto, se
realizará por una comisión compuesta por tres personas designadas por el señor alcalde-presidente que ostenten puestos directivos o sean titulares de órganos directivos dentro de la
organización.
La comisión realizará una propuesta de adjudicación del puesto en el plazo máximo de
quince días desde su designación, dirigido a la Dirección General de Organización Municipal, que no será vinculante.
Séptima. Nombramiento y toma de posesión.—1. En el plazo de un mes, contado a
partir de la fecha de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, y previo informe de la persona que sea titular de la Dirección General de Organización Municipal que no
tendrá carácter vinculante, el señor alcalde-presidente, por delegación de la Junta de Gobierno Local en su acuerdo de 26 de junio de 2019, a dictar la resolución correspondiente.
La resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así
como de la competencia para proceder al nombramiento.
En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada,
la observancia del procedimiento debido.
2. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles desde la publicación de la
resolución del procedimiento de provisión, si no implica cambio de residencia de el/la aspirante, o de un mes si comporta cambio de residencia o, en su caso, el reingreso al servicio activo.
Pág. 223
BOCM-20200702-45
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Las retribuciones del mismo son las que corresponden a los puestos según la vigente
relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
La titularidad del puesto convocado requiere la correspondiente dedicación exclusiva
y plena.
Tercera. Requisitos de participación.—Serán requisitos para la participación en el
procedimiento de provisión convocado a los siguientes:
— Ser personal funcionario de carrera o laboral fijo del Ayuntamiento de Fuenlabrada o sus OO. AA. perteneciente al grupo A1 o A2, en situación de servicio activo
o en situación de activo o en excedencia por cuidado de hijos menores de edad,
con al menos dos años de antigüedad en puestos asignados a dichos grupos.
— No haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
— Disponer de titulación superior en prevención de riesgos laborales.
Cuarta. Criterios especialmente valorables para la adjudicación de los puestos.—1.
A efectos de la motivación para la adjudicación del puesto se tendrá en cuenta especialmente la formación específica en la materia del ámbito de competencia del puesto, y la experiencia en puestos directivos o técnicos en dicho ámbito en municipios en régimen de gran
población.
Quinta. Solicitudes.—Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia dentro de
los quince días hábiles siguientes al de la publicación de las bases y la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
A las solicitudes deberán acompañarse el currículum de los aspirantes en el que constarán, debidamente documentados mediante la aportación de documentos originales o copia compulsada de los mismos, la experiencia en el ámbito de responsabilidad de los correspondientes puestos, con indicación de las funciones desarrolladas en los mismos y los
proyectos en los que haya participado el aspirante, los títulos académicos que en cada caso
se posean, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones que corresponden al puesto convocado y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto, bien entendido que todas ellas deberán ser acreditadas documentalmente tal y como se ha puesto de manifiesto, así como
certificación de la administración pública a la que pertenezcan en la que se haga constar que
no han sido sancionados por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
Los requisitos y méritos que se invoquen vendrán referidos a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias.
En la solicitud deberá indicarse el puesto al que la persona aspirante se presenta de entre los que son objeto de convocatoria.
Sexta. Valoración de las personas candidatas.—A la vista de las solicitudes presentadas, y dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de presentación de instancias, el señor alcalde-presidente podrá acordar la realización de una entrevista personal
a las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases.
Dicha entrevista, que versará sobre los méritos alegados y las competencias personales y profesionales que las personas aspirantes pueden aportar al desempeño del puesto, se
realizará por una comisión compuesta por tres personas designadas por el señor alcalde-presidente que ostenten puestos directivos o sean titulares de órganos directivos dentro de la
organización.
La comisión realizará una propuesta de adjudicación del puesto en el plazo máximo de
quince días desde su designación, dirigido a la Dirección General de Organización Municipal, que no será vinculante.
Séptima. Nombramiento y toma de posesión.—1. En el plazo de un mes, contado a
partir de la fecha de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, y previo informe de la persona que sea titular de la Dirección General de Organización Municipal que no
tendrá carácter vinculante, el señor alcalde-presidente, por delegación de la Junta de Gobierno Local en su acuerdo de 26 de junio de 2019, a dictar la resolución correspondiente.
La resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así
como de la competencia para proceder al nombramiento.
En todo caso deberá quedar acreditada, como fundamento de la resolución adoptada,
la observancia del procedimiento debido.
2. El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles desde la publicación de la
resolución del procedimiento de provisión, si no implica cambio de residencia de el/la aspirante, o de un mes si comporta cambio de residencia o, en su caso, el reingreso al servicio activo.
Pág. 223
BOCM-20200702-45
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