Madrid número 14 (BOCM-20200702-119)
Ejecución 152/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 310
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 159
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
119
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 152/2019 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. JOSE MARIA CAMPOS FERNANDEZ frente a FOGASA y
CONSTRUCTORA MADRILEÑA RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de principal de 4.452,91
euros, más 890,58 euros de intereses legales y costas provisionalmente calculados, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado CONSTRUCTORA MADRILEÑA RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que
permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCTORA MADRILEÑA
RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción
en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.
BOCM-20200702-119
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.918/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 310
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
119
MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 152/2019 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancia de D./Dña. JOSE MARIA CAMPOS FERNANDEZ frente a FOGASA y
CONSTRUCTORA MADRILEÑA RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de principal de 4.452,91
euros, más 890,58 euros de intereses legales y costas provisionalmente calculados, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado CONSTRUCTORA MADRILEÑA RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que
permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCTORA MADRILEÑA
RAGOLTA Y ALVAREZ, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción
en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.
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EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.918/20)
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ISSN 1989-4791