C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD - CANAL DE ISABEL II, S. A. (BOCM-20200702-16)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 19 de junio de 2020, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan SANEA en el municipio de Perales de Tajuña con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Pág. 55
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
CANAL DE ISABEL II, S. A.
16
CONVENIO de 19 de junio de 2020, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan SANEA en el municipio de Perales de Tajuña con cargo a cuota
suplementaria, entre el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, Canal de Isabel II
y Canal de Isabel II, S. A.
REUNIDOS
De una parte, doña Yolanda Cuenca Redondo.
De otra parte, don Jesús Albendea del Busto.
Y de otra, don Rafael Prieto Martín.
INTERVIENEN
El primero de los citados comparecientes, en nombre y representación del Ayuntamiento de Perales de Tajuña (en adelante, el Ayuntamiento), en su condición de AlcaldePresidente del mismo.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública,
en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 1 de junio de 2016, por el que
se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que
tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018), de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A. (en adelante, Canal), en su condición de Vicepresidente ejecutivo de dicha Empresa Pública, en virtud de
las facultades que le corresponden, conferidas según Poder General otorgado a su favor por
el Consejo de Administración de Canal de Isabel II Gestión, S. A. (actualmente denominada Canal de Isabel II, S. A.), en su sesión celebrada el día 4 de mayo de 2016, elevado a documento público firmado por el Notario de Madrid, doña María del Pilar Lorán Herrero, el
día 26 de mayo de 2016, con el n.o 628 de su protocolo.
Las partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para celebrar el
presente Convenio.
EXPONEN
El Ayuntamiento y el Ente Canal, junto a la Comunidad de Madrid, celebraron, en fecha 16
de junio de 2012 el Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de
Perales de Tajuña (en adelante, el Convenio de Alcantarillado), que fue publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 205, de 28 de agosto de 2012, del que el presente
Convenio supone un acto de ejecución, lo que permite que el mismo pueda tener una duración
superior a cuatro años, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 8/2018, de 26 de diciembre,
de modificación de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas,
para la garantía del carácter público del Canal de Isabel II.
BOCM-20200702-16
Primero
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Pág. 55
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
CANAL DE ISABEL II, S. A.
16
CONVENIO de 19 de junio de 2020, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan SANEA en el municipio de Perales de Tajuña con cargo a cuota
suplementaria, entre el Ayuntamiento de Perales de Tajuña, Canal de Isabel II
y Canal de Isabel II, S. A.
REUNIDOS
De una parte, doña Yolanda Cuenca Redondo.
De otra parte, don Jesús Albendea del Busto.
Y de otra, don Rafael Prieto Martín.
INTERVIENEN
El primero de los citados comparecientes, en nombre y representación del Ayuntamiento de Perales de Tajuña (en adelante, el Ayuntamiento), en su condición de AlcaldePresidente del mismo.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), Entidad de Derecho Público perteneciente a la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de dicha empresa pública,
en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 1 de junio de 2016, por el que
se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que
tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018), de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A. (en adelante, Canal), en su condición de Vicepresidente ejecutivo de dicha Empresa Pública, en virtud de
las facultades que le corresponden, conferidas según Poder General otorgado a su favor por
el Consejo de Administración de Canal de Isabel II Gestión, S. A. (actualmente denominada Canal de Isabel II, S. A.), en su sesión celebrada el día 4 de mayo de 2016, elevado a documento público firmado por el Notario de Madrid, doña María del Pilar Lorán Herrero, el
día 26 de mayo de 2016, con el n.o 628 de su protocolo.
Las partes se reconocen capacidad legal y representación suficientes para celebrar el
presente Convenio.
EXPONEN
El Ayuntamiento y el Ente Canal, junto a la Comunidad de Madrid, celebraron, en fecha 16
de junio de 2012 el Convenio para la prestación del servicio de alcantarillado en el municipio de
Perales de Tajuña (en adelante, el Convenio de Alcantarillado), que fue publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 205, de 28 de agosto de 2012, del que el presente
Convenio supone un acto de ejecución, lo que permite que el mismo pueda tener una duración
superior a cuatro años, de conformidad con lo dispuesto por la Ley 8/2018, de 26 de diciembre,
de modificación de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas,
para la garantía del carácter público del Canal de Isabel II.
BOCM-20200702-16
Primero