D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20200702-21)
Convenio –  Convenio de 4 de junio de 2020, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación AVA, para la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” mediante el proyecto “Familia AVA”, consistente en la humanización de los espacios físicos de hospitalización mediante la rehabilitación, remodelación y decoración de dos terrazas y una sala
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 159

JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

Pág. 103

Segunda
Deber de información mutuo
Las partes informan a los representantes firmantes del presente Convenio de que sus
datos de carácter personal van a ser tratados con la finalidad estipulada en el Convenio,
siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del Convenio y una vez finalizado,
durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de su firma.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social del Responsable, aportando fotocopia de su DNI
o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Tercera
Responsabilidad

BOCM-20200702-21

La Fundación AVA se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en el
presente Anexo. Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio que se
derivase de dicha infracción.
(03/14.226/20)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791