D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20200702-21)
Convenio –  Convenio de 4 de junio de 2020, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación AVA, para la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” mediante el proyecto “Familia AVA”, consistente en la humanización de los espacios físicos de hospitalización mediante la rehabilitación, remodelación y decoración de dos terrazas y una sala
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 159

JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

Pág. 97

Segundo
Que el Hospital Universitario “La Paz” está adscrito al Servicio Madrileño de Salud,
de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio
Madrileño de Salud.
Tercero
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.
Así, se pondrá en marcha un plan de innovación que permita adecuar espacios, para
mejorar la calidad de la estancia de los niños enfermos y sus familiares, mediante la adaptación de las instalaciones, reforma de espacios y de las salas hospitalarias, en concreto en
este caso para el Hospital Universitario “La Paz”.
Cuarto
Que la Fundación AVA es una entidad sin ánimo de lucro de carácter asistencial y
social, regida por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y por la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo, con domicilio social en la calle Velázquez, número 98,
28006 Madrid, creada mediante escritura autorizada por el notario Alfredo Barrau Moreno
el día 18 de noviembre de 2016, con el número 2.587 de protocolo y otra de rectificación
autorizada por el mismo notario el día 14 de febrero de 2017, con el número 284 de protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por Resolución de 16
de marzo de 2017, con el número 1.877, que de conformidad con el artículo 5 de sus Estatutos, por el que se establecen los fines fundacionales, se elaborarán e implementarán las
actuaciones de colaboración previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto

Segunda
Compromisos de las partes
1.

La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad se compromete a:

— Utilizar los circuitos de comunicación existentes para difundir las actividades que
desarrolle la Fundación en el Hospital Universitario “La Paz”.

BOCM-20200702-21

El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos ingresados y/o en tratamiento, mediante la adecuación de espacios en el Hospital Universitario “La Paz” que consistirán en la remodelación
de dos terrazas y una sala y su conversión en dos espacios en los que los pacientes y sus familias puedan desarrollar actividades de la vida cotidiana, tales como cocinar, entre otras,
actividades lúdicas, de descanso y de esparcimiento. El objetivo prioritario es conseguir que
los entornos hospitalarios pediátricos y de adolescentes sean más humanos y hagan que los
pacientes y sus familias se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las
actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.