D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20200702-20)
Convenio – Convenio de 4 de junio de 2020, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación AVA, para la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” ejecutando el proyecto “Familia AVA”, consistente en la humanización de varios espacios en las plantas primera y segunda del Hospital Materno-Infantil y del edificio de Psiquiatría, mediante la rehabilitación, remodelación y decoración de los mismos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Pág. 87
Segundo
Que el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para
los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio,
del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad
de Madrid.
Tercero
Que el Hospital Universitario General Universitario “Gregorio Marañón” está adscrito al Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del
Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Cuarto
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.
Así, se pondrá en marcha un plan de innovación que permita adecuar espacios, para
mejorar la calidad de la estancia de los niños enfermos y sus familiares y de los pacientes
adultos, mediante la adaptación de las instalaciones, reforma de espacios y de las salas hospitalarias, en concreto en este caso para el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Quinto
Que la Fundación AVA es una entidad sin ánimo de lucro de carácter asistencial y
social, regida por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y por la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo, con domicilio social en la calle Velázquez, número 98,
28006 Madrid, creada mediante escritura autorizada por el notario Alfredo Barrau Moreno
el día 18 de noviembre de 2016, con el número 2.587 de protocolo y otra de rectificación
autorizada por el mismo notario el día 14 de febrero de 2017, con el número 284 de protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por Resolución de 16
de marzo de 2017, con el número 1.877, y que de conformidad con los artículos 5 y 6 de
sus Estatutos, por los que se establecen los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración
previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos, adolescentes y adultos ingresados y/o en tratamiento, mediante la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio
Marañón” que consistirán en la remodelación varios espacios de las plantas 1.a y 2.a del
Hospital Materno Infantil y del edificio de Psiquiatría. El objetivo prioritario es conseguir
que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familias
se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
BOCM-20200702-20
Objeto
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020
Pág. 87
Segundo
Que el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que para
los convenios establecen, tanto el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como el artículo 4 del Decreto 48/2019, de 10 de junio,
del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad
de Madrid.
Tercero
Que el Hospital Universitario General Universitario “Gregorio Marañón” está adscrito al Servicio Madrileño de Salud, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda del
Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Cuarto
Que el presente documento se enmarca dentro del despliegue de actividades de la estrategia de humanización de la Consejería de Sanidad con el objeto de impulsar y promover intervenciones que mejoren la humanización en los centros y servicios sanitarios de la
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, posibilitando un sistema sanitario cercano que, sin disminuir su calidad científico-técnica, destaque la importancia de la dimensión humana de la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. Dentro de estas
actividades se encuentra la puesta al servicio del ciudadano de servicios sanitarios cercanos, transformando los centros y servicios sanitarios en entornos más humanos.
Así, se pondrá en marcha un plan de innovación que permita adecuar espacios, para
mejorar la calidad de la estancia de los niños enfermos y sus familiares y de los pacientes
adultos, mediante la adaptación de las instalaciones, reforma de espacios y de las salas hospitalarias, en concreto en este caso para el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Quinto
Que la Fundación AVA es una entidad sin ánimo de lucro de carácter asistencial y
social, regida por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y por la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales de Mecenazgo, con domicilio social en la calle Velázquez, número 98,
28006 Madrid, creada mediante escritura autorizada por el notario Alfredo Barrau Moreno
el día 18 de noviembre de 2016, con el número 2.587 de protocolo y otra de rectificación
autorizada por el mismo notario el día 14 de febrero de 2017, con el número 284 de protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones de competencia estatal por Resolución de 16
de marzo de 2017, con el número 1.877, y que de conformidad con los artículos 5 y 6 de
sus Estatutos, por los que se establecen los fines fundacionales y las actividades para la consecución de dichos fines, se elaborarán e implementarán las actuaciones de colaboración
previstas en el Anexo I adjunto.
En virtud de lo expuesto, las partes, en el ejercicio de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto, la definición, desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la humanización de los entornos sanitarios que permitan mejorar la calidad de vida de los pacientes pediátricos, adolescentes y adultos ingresados y/o en tratamiento, mediante la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio
Marañón” que consistirán en la remodelación varios espacios de las plantas 1.a y 2.a del
Hospital Materno Infantil y del edificio de Psiquiatría. El objetivo prioritario es conseguir
que los entornos hospitalarios sean más humanos y hagan que los pacientes y sus familias
se sientan en un entorno más acogedor y familiar, de acuerdo a las actuaciones que se especifican en el Anexo I de este convenio.
BOCM-20200702-20
Objeto