D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20200702-24)
Convenio –  Convenio de 17 de enero de 2020, entre el Servicio Madrileño de Salud, y sus centros asistenciales adscritos y dependientes, los establecimientos Famicordón, S. A., Famicells Sàrl y la empresa Vidaplus Células Madre, S. L., para la recogida y depósito de sangre de cordón umbilical con destino a uso autólogo o alogénico familiar
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

Pág. 111

Sexto
Que el presente convenio incluye los centros sanitarios adscritos y dependientes firmantes del Servicio Madrileño de Salud, que cuentan con las preceptivas autorizaciones
para la extracción de la sangre de cordón umbilical.
Séptimo
Que Famicordón, S. A., posee un establecimiento de tejidos de sangre de cordón umbilical con domicilio en calle Santiago de Compostela, número 88, 28035 Madrid; que está autorizado por la Comunidad de Madrid, e inscrito en el Registro con el n.o CS11723; y Famicells
Sàrl, posee establecimiento de tejidos de sangre de cordón umbilical con domicilio en la Route de Láncienne Papeterie 170, 1723 Marly, Cantón de Friburgo, Suiza; autorizado en la Oficina Federal de Sanidad Pública OFSP con n.o de referencia BS2015-nTxZ154+155-N0-V00;
para el desarrollo de cada uno de los procesos y actividades que realiza por cada tipo de tejido o grupo celular..
Octavo
Que Vidaplus Células Madre, S.L., actúa en virtud de los acuerdos suscritos con Famicordón, S. A., y Famicells Sàrl, como agente intermediario entre los centros de extracción, el establecimiento de tejidos y las familias que desean efectuar la recogida de sangre
de cordón umbilical.
Noveno
Que el presente convenio se suscribe en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11.3
del Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, que exige que “en el caso de que los tejidos y
células vayan a ser enviadas a un establecimiento de tejidos para su procesamiento, el procedimiento de obtención, empaquetado, etiquetado, mantenimiento y transporte hasta dicho
centro deberá constar en un documento acordado entre la unidad de obtención y el establecimiento de tejidos”, y en el anexo I.1.c) del mismo Real Decreto Ley, “Cuando el destino
de las células y tejidos extraídos sea su derivación a un establecimiento de tejidos para su
procesamiento, deberá existir un acuerdo de colaboración que incluirá un protocolo consensuado con dicho establecimiento, en el que figuren las condiciones de obtención, preparación y transporte de los tejidos o células hasta su llegada al establecimiento de procesamiento”, y con el objeto de dar cumplimiento a la voluntad de las mujeres gestantes de almacenar
la sangre de sus hijos por las empresas suscriptoras del presente convenio.
Décimo
Que las personas jurídico-públicas y las empresas firmantes consideran de interés la
mutua colaboración para la recogida de la sangre de cordón umbilical y que esta actuación
pueda redundar en beneficio de la población con interés en este tipo de donación de cordón
con destino autólogo o familiar.
En base a lo anteriormente expuesto, los representantes de las instituciones relacionadas en el “Reunidos” suscriben el presente convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos de colaboración
entre el Servicio Madrileño de Salud, sus centros adscritos y dependientes y las empresas
privadas suscriptoras con la finalidad de establecer de forma regulada los procedimientos
de relación exigidos en la normativa vigente entre los centros sanitarios autorizados para la
extracción de sangre de cordón umbilical adscritos y dependientes del Servicio Madrileño
de Salud y las empresas suscriptoras del presente convenio encargadas del transporte, procesamiento, almacenamiento y eventual distribución de las unidades de sangre de cordón
umbilical obtenidas en virtud de dicho convenio, según petición expresa de las mujeres gestantes que tengan previsto efectuar su parto en los centros sanitarios adscritos y dependientes del Servicio Madrileño de Salud.

BOCM-20200702-24

Objeto del convenio