D) Anuncios - CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20200702-36)
Convenio –  Anuncio del contrato-programa transitorio de 30 de diciembre de 2019 entre el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 159

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras
O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS
REGULARES DE MADRID
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ANUNCIO del contrato-programa transitorio de 30 de diciembre de 2019, entre
el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y Metro de Madrid, S. A.
REUNIDOS

De una parte, D. Ángel Garrido García, en su condición de Presidente del Consejo de
Administración del Consorcio Regional de Transportes de Madrid (en adelante, CRTM),
actuando para la firma de este convenio en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo 6.2 de la Ley 5/1985, de 16 de mayo, de Creación del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
De otra parte, Dña. Silvia Roldan Fernández, con domicilio a efectos de este documento en Madrid, calle Cavanilles, número 58 (28007 Madrid), en nombre y representación de
la empresa Metro de Madrid, S. A. (en adelante, Metro), inscrita en el Registro Mercantil
de la provincia de Madrid en el tomo 90 de Sociedades, folio 107, hoja 3.372, con CIF número A-28001352, y con domicilio social en Madrid, calle Cavanilles, número 58, en su calidad de Consejera-Delegada de la misma, cargo para el que fue nombrada por Acuerdo del
Consejo de Administración de 11 de octubre de 2019.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para
el otorgamiento del presente documento, y a tal efecto:
MANIFIESTAN
El 1 de marzo de 2016 el CRTM y Metro suscribieron un Contrato-Programa que reguló las relaciones recíprocas entre ambas entidades durante su plazo de vigencia.
Dicho Contrato-Programa preveía en su cláusula 14 una vigencia inicial entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2016, estableciéndose la posibilidad de prórroga del mismo
por acuerdo expreso entre las partes y por períodos sucesivos de un año.
Próxima la finalización del señalado período inicial de vigencia, ambas partes prorrogaron el Contrato-Programa de 1 de marzo de 2016 conforme a sus previsiones, y en tal sentido adoptaron Acuerdo de prórroga, de fecha 30 de diciembre de 2016.
El 29 de diciembre de 2017 se suscribió Contrato-Programa Transitorio para regular
el ejercicio 2018; y el 27 de diciembre de 2018, para regular el año 2019.
Estando próximo el vencimiento del plazo de vigencia del último Contrato- Programa
Transitorio, sin estar ultimado el texto definitivo del convenio regulador de las relaciones
entre las dos partes firmantes, estas vienen en el día de hoy a suscribir el presente documento convencional a través del cual se plasman los siguientes
ACUERDOS
Primero
El presente Contrato-Programa constituye un convenio de naturaleza pública y carácter administrativo, y como tal se encuentra sometido a la regulación vigente en la materia,
contenida esencialmente en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En consecuencia, está excluido del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del
Sector Público, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.1.

BOCM-20200702-36

Naturaleza del Contrato-Programa
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