Madrid número 22 (BOCM-20200701-64)
Procedimiento 740/2017
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 227
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
64
MADRID NÚMERO 22
EDICTO
Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia num. 22 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 740/2017 instados por Procurador Dña. LUCIA GLORIA SANCHEZ NIETO en nombre y representación
de Dña. CRISTINA ALTAGRACIA MARTINEZ MARTINEZ contra D.JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ, en los que se ha dictado sentencia en fecha 11/02/2020
cuyo fallo es el siguiente:
SENTENCIA N° 72/2020
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. MARÍA SERANTES GOMEZ.
Lugar: Madrid.
Fecha: once de febrero de dos mil veinte.
Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. CRISTINA ALTAGRACIA
MARTINEZ MARTINEZ representada por la Procuradora Dña. LUCIA GLORIA SANCHEZ NIETO contra D. D.JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ, en situación procesal de rebeldía.
No se hace pronunciamiento en costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de
VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de
Madrid (aráculos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2450-0000-39-0740-17 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se
consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-39-0740-17.
Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012
de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Contra la
presente resolución no cabe recurso alguno (art. 455.1 LEC).
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2
de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de
comunidad de Madrid.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.872/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200701-64
En Madrid, a 08 de junio de 2020.
B.O.C.M. Núm. 158
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
Pág. 227
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
64
MADRID NÚMERO 22
EDICTO
Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia num. 22 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 740/2017 instados por Procurador Dña. LUCIA GLORIA SANCHEZ NIETO en nombre y representación
de Dña. CRISTINA ALTAGRACIA MARTINEZ MARTINEZ contra D.JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ, en los que se ha dictado sentencia en fecha 11/02/2020
cuyo fallo es el siguiente:
SENTENCIA N° 72/2020
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. MARÍA SERANTES GOMEZ.
Lugar: Madrid.
Fecha: once de febrero de dos mil veinte.
Que desestimando la demanda interpuesta por Dña. CRISTINA ALTAGRACIA
MARTINEZ MARTINEZ representada por la Procuradora Dña. LUCIA GLORIA SANCHEZ NIETO contra D. D.JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ, en situación procesal de rebeldía.
No se hace pronunciamiento en costas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de
VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de
Madrid (aráculos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2450-0000-39-0740-17 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se
consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-39-0740-17.
Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012
de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Contra la
presente resolución no cabe recurso alguno (art. 455.1 LEC).
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. JOSE ALEXANDER GUTIERREZ RODRIGUEZ y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2
de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de
comunidad de Madrid.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/13.872/20)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20200701-64
En Madrid, a 08 de junio de 2020.