Madrid número 22 (BOCM-20200701-65)
Procedimiento 674/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 158

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
65

MADRID NÚMERO 22
EDICTO

Dña. GEMA FERNÁNDEZ DE VERA RUIZ, Letrado/a de la Admón. de Justicia del
Juzgado de 1ª Instancia num. 22 de Madrid.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 674/2018 instados por Procurador Dña. CELIA DOMINGUEZ LEDO en nombre y representación de Dña.
ADELA JIMENEZ FERNANDEZ contra D.EUSEBIO MONTOYA MENDOZA, en los
que se ha dictado en fecha 25/02/2020 sentencia N°102/2020 cuyo fallo es la siguiente:
SENTENCIA N° 102/2020
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: Dña. M. GRACIA PARERA DE CÁCERES.
Lugar: Madrid.
Fecha: veinticinco de febrero de dos mil veinte.
Que estimando parcialmente la demanda de relaciones paternas filiales interpuesta
por, DÑA ADELA JIMENEZ FERNANDEZ contra D EUSEBIO MONTOYA MENDOZA, acuerdo las siguientes medidas paterno- filiales:

El/la Juez/Magistrado/a Juez
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado DEUSEBIO
MONTOYA MENDOZA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se
ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de COMUNIDAD
DE MADRID

BOCM-20200701-65

1. Los descendientes comunes, SHEYLA Y ANTONIO, se mantendrán bajo la guarda y custodia de la madre, DÑA ADELA JIMENEZ FERNANDEZ, quedando compartida
la patria potestad.
2. Se establece en concepto de régimen de visitas, el consistente en que el padre D
EUSEBIO MONTOYA MENDOZA deberá tener en su compañía a sus hijos los fines de
semana alternos, sin pernocta, sábados y domingos desde las 10 de la mañana a las 20 horas, así como las fiestas intersemanales alternas y la mitad de vacaciones de verano, semana santa y navidad, eligiendo la madre los años pares y el padre los impares. Las entregas
y recogidas se efectuaran en el domicilio de la madre, por el padre o por la persona que este
designe.
3. D EUSEBIO MONTOYA MENDOZA deberá satisfacer en concepto de alimentos para sus hijos la suma de 125 euros mensuales, para cada uno, en la cuenta que designe
la actora en los cinco primeros días de cada mes, suma que se actualizará anualmente conforme al IPC publicado por el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA o el que legalmente le sustituya, así como la mitad de los gastos extraordinarios del menor, previo
acuerdo de los progenitores.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de
VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de
50 euros, en la cuenta 2450-0000-39-0674-18 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se
consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-39-0674-18.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
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