Madrid número 30 (BOCM-20200701-109)
Ejecución 8/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 158
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
109
MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 8/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
Dña. PATRICIA LOPEZ TORRECUADRADA frente a HISPANIA CADIZ SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ.
En Madrid, a uno de junio de dos mil veinte.
El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo declaraba el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria generada por el COVID-19, estableciéndose en la Disposición
Adicional Segunda, con carácter general, en su apartado 1, la suspensión de los términos y
plazos procesales y, en su apartado 2 y 3, las excepciones en el orden jurisdiccional penal
y la delimitación, en el resto de los órdenes jurisdiccionales, de aquellas actuaciones de carácter urgente e inaplazable.
Dicho estado de alarma ha sido prorrogado por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de
marzo, 487/2020 de 10 de abril, 492/2020, de 25 de abril y 514/2020 de 8 de mayo de 2020.
En fecha 28 de abril se ha dictado el Real Decreto-ley 16/2020 de medidas procesales
y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, lo que implica que durante todo el tiempo que perdure esta crisis sanitaria se han de adoptar medidas que garanticen el derecho a la salud tanto
de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, como de los ciudadanos y
de los profesionales que se relacionan con dicha Administración, procurando de esta manera evitar situaciones de contagio.
El CGPJ ha aprobado una “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en
sedes judiciales” en la que se recomienda el mantenimiento de una distancia interpersonal
de seguridad de al menos 2 metros. Desde el Juzgado Decano de Madrid, se han dictado
acuerdos gubernativos orientados a evitar contagios y la propagación del coronavirus, así
como a la adopción de medidas organizativas que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.
Cítese a las partes mediante la notificación de la presente resolución, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.
Se informa a las partes que existe un aforo limitado en el acceso a los Juzgados, siendo necesario citación judicial previa y que deberán cumplir cuantas disposiciones establezcan el personal de seguridad del edificio. Deberán ser puntuales y acudir dotados de los
EPIS necesarios, siendo obligatorio el uso de mascarilla.
BOCM-20200701-109
Y, visto el estado de las presentes actuaciones, y dentro del plan de la reactivación judicial, se decreta la reanudación del presente procedimiento, y se señala para comparecencia del día 23/07/2020, a las 10:10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia 4.1 (Planta 4) de este Juzgado, sito en la C/ Princesa, 3.
Pág. 280
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MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 158
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
109
MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 30 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 8/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
Dña. PATRICIA LOPEZ TORRECUADRADA frente a HISPANIA CADIZ SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ.
En Madrid, a uno de junio de dos mil veinte.
El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo declaraba el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria generada por el COVID-19, estableciéndose en la Disposición
Adicional Segunda, con carácter general, en su apartado 1, la suspensión de los términos y
plazos procesales y, en su apartado 2 y 3, las excepciones en el orden jurisdiccional penal
y la delimitación, en el resto de los órdenes jurisdiccionales, de aquellas actuaciones de carácter urgente e inaplazable.
Dicho estado de alarma ha sido prorrogado por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de
marzo, 487/2020 de 10 de abril, 492/2020, de 25 de abril y 514/2020 de 8 de mayo de 2020.
En fecha 28 de abril se ha dictado el Real Decreto-ley 16/2020 de medidas procesales
y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales, lo que implica que durante todo el tiempo que perdure esta crisis sanitaria se han de adoptar medidas que garanticen el derecho a la salud tanto
de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, como de los ciudadanos y
de los profesionales que se relacionan con dicha Administración, procurando de esta manera evitar situaciones de contagio.
El CGPJ ha aprobado una “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en
sedes judiciales” en la que se recomienda el mantenimiento de una distancia interpersonal
de seguridad de al menos 2 metros. Desde el Juzgado Decano de Madrid, se han dictado
acuerdos gubernativos orientados a evitar contagios y la propagación del coronavirus, así
como a la adopción de medidas organizativas que tienen como objetivo alcanzar una progresiva reactivación del normal funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.
Cítese a las partes mediante la notificación de la presente resolución, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.
Se informa a las partes que existe un aforo limitado en el acceso a los Juzgados, siendo necesario citación judicial previa y que deberán cumplir cuantas disposiciones establezcan el personal de seguridad del edificio. Deberán ser puntuales y acudir dotados de los
EPIS necesarios, siendo obligatorio el uso de mascarilla.
BOCM-20200701-109
Y, visto el estado de las presentes actuaciones, y dentro del plan de la reactivación judicial, se decreta la reanudación del presente procedimiento, y se señala para comparecencia del día 23/07/2020, a las 10:10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencia 4.1 (Planta 4) de este Juzgado, sito en la C/ Princesa, 3.
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