Móstoles número 1 (BOCM-20200701-137)
Ejecución 72/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 158
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 72/2020-V, de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA DE LA BRENA SABOYA frente a EQUIPO SOLAR XXV SL y GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES
INMOBILIARIAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a diecinueve de junio de dos mil veinte.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.
Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia
de fecha 14/02/2020, a la empresa GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES
INMOBILIARIAS SL y EQUIPO SOLAR XXV SL en favor del/de los demandante/s
D./Dña. ROSA MARIA DE LA BRENA SABOYA y, previo a su resolución, se acuerda oír
a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ San
Antonio 4-6 , Planta 1 - 28931, el día 13/07/2020, a las 12:50 horas de su mañana, que solo
versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.
Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte
demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición,
en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EQUIPO SOLAR XXV SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
BOCM-20200701-137
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 158
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
137
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 72/2020-V, de este juzgado de
lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ROSA MARIA DE LA BRENA SABOYA frente a EQUIPO SOLAR XXV SL y GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES
INMOBILIARIAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a diecinueve de junio de dos mil veinte.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.
Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia
de fecha 14/02/2020, a la empresa GRUPO PRADENA GESTIONES E INVERSIONES
INMOBILIARIAS SL y EQUIPO SOLAR XXV SL en favor del/de los demandante/s
D./Dña. ROSA MARIA DE LA BRENA SABOYA y, previo a su resolución, se acuerda oír
a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ San
Antonio 4-6 , Planta 1 - 28931, el día 13/07/2020, a las 12:50 horas de su mañana, que solo
versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.
Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte
demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición,
en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante, lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art. 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EQUIPO SOLAR XXV SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
BOCM-20200701-137
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA