Móstoles número 1 (BOCM-20200701-135)
Ejecución 28/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 158

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
135

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles, HAGO SABER:
Que en el procedimiento de ejecución 28/2020-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAQUEL MUÑOZ CELESTINO, D./Dña. MIRIAM RODRIGUEZ DIAZ, D./Dña. JOSE ANTONIO PEREZ CAMPOS y D./Dña. RAUL PEREZ
CAMPOS frente a DIJOFE SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto y
Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente :
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña.
RAUL PEREZ CAMPOS, D./Dña. RAQUEL MUÑOZ CELESTINO, D./Dña. JOSE ANTONIO PEREZ CAMPOS y D./Dña. MIRIAM RODRIGUEZ DIAZ, frente a la demandada
DIJOFE SL, parte ejecutada, por un principal de 141.233,34 euros, más 24.009 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2850-0000-64-0028-20.
PARTE DISPOSTIVA
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no
ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a nueve de junio de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.835/20)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20200701-135

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIJOFE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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