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Depósito de estatutos –  Resolución de 1 de junio de 2020, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Comerciantes y Empresarios de Guadarrama-ACEG (número de registro de la asociación 28000702)
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BOCM
Pág. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 158

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
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RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2020, de la Directora General de Trabajo, sobre
depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Comerciantes y Empresarios de Guadarrama-ACEG (número de registro de la asociación 28000702).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por don Raúl
Fernando Velasco Eguíbar, en representación de la asociación empresarial denominada
Asociación de Comerciantes y Empresarios de Guadarrama-ACEG y teniendo en cuenta
los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2020/000038 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 22 de enero de 2020, por el que solicita el
depósito de la modificación de sus estatutos.
Se adjunta certificado de la Asamblea General celebrada el 21 de noviembre de 2019,
por la que se aprueba la modificación estatutaria y el texto de los nuevos estatutos.
Se modifican todos los artículos y en particular el artículo 5 por el que se traslada el domicilio social de la asociación a la plaza Mayor, número 5, de Guadarrama, y el artículo 6 relativo a los fines de la asociación incluyendo los laborales que propiamente identifican a las
asociaciones empresariales.
Segundo
Que, examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito
de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de
conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho
de Asociación Sindical; Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la Ley 19/1977,
de 1 de abril, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015,
de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada disposición
reglamentaria.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

BOCM-20200701-25

Segundo