D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL (BOCM-20200701-27)
Ampliación plazos – Resolución 2267/2020, de 17 de junio, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda establecer un nuevo plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad en el Distrito de Hortaleza
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BOCM
Pág. 152
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 158
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Vivienda y Administración Local
O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL
RESOLUCIÓN 2267/2020, de 17 de junio, de la Dirección-Gerencia de la Agencia
de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda establecer
un nuevo plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad en el Distrito de Hortaleza.
I. Mediante Resolución 4155/2018, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, se acordó la incoación del procedimiento de
enajenación directa de las plazas de garaje no vinculadas, sitas en el Distrito de Hortaleza,
que habían quedado desiertas en un procedimiento de subasta celebrado anteriormente y se
aprobaron las condiciones por las que debía regirse el procedimiento de enajenación directa. La preceptiva tasación de las plazas de garaje se efectuó en febrero de 2018 y fue prorrogada en noviembre de ese mismo año.
II. En el Anexo II de la Resolución 4155/2018, en el que se regulaban las condiciones del procedimiento de enajenación directa, se estableció (cláusula cuarta) que el plazo
para la presentación de solicitudes que comenzaba con la publicación de la Resolución en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizaba el 30 de diciembre
de 2019.
III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.2 del Reglamento General de
la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, la tasación mantiene su validez durante el plazo de un año.
Por ello, consta en el expediente informe motivado de fecha 11 de junio de 2020 por
el que se actualizan los valores de las plazas de garaje tras la tasación efectuada en febrero
de 2018 y la necesidad de revisarlos, tal y como exige la legislación patrimonial aplicable
a este procedimiento.
IV. Los garajes pertenecen a las promociones sitas en las calles Alcaraz, 34 y Abizanda, 65-67 (9174.01.01 y 9174.02.01-UVA Hortaleza) y se comercializaron inicialmente en arrendamiento, de conformidad con sus respectivas calificaciones definitivas, ambas
de fecha 29 de abril de 2003, expedientes 7/100 IV y 14/100 IV (8-1-5/97).
Con posterioridad, y tras informe favorable de fecha 13 de noviembre de 2017 del Área
de Calificaciones de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación que consta en el expediente, se acordó la celebración de subasta pública en el año 2018 y finalmente, sobre las
plazas sobrantes, en el año 2019 se publicó un procedimiento de adjudicación directa, tal y
como consta en los expositivos anteriores.
V. Con el fin de dar satisfacción a los distintos intereses de los vecinos del distrito,
y teniendo en cuenta el elevado número de plazas de garaje que quedaron desiertas tanto en
la subasta como en el posterior procedimiento de venta directa, se acuerda ofrecer las plazas
libres tanto en régimen de venta, a través de la ampliación del plazo del procedimiento de
adjudicación directa, como en régimen de alquiler, procedimiento de comercialización inicial,
a cuyo fin se reservan y destinan un determinado número de plazas para ser puestas a disposición de los vecinos.
VI. De acuerdo con lo anterior, vistas la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de
la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; el Decreto 244/2015, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y
régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid,
Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid; Ley 33/2003, de 3
de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; Real Decreto 1373/2009,
de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Patrimonio de
las Administraciones Públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación; y de
conformidad con el Acuerdo de 20 de mayo de 2002, adoptado por el Consejo de Administración del Organismo por el que se delega en el Director-Gerente, entre otras, la compe-
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MIÉRCOLES 1 DE JULIO DE 2020
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O. A. AGENCIA PARA LA VIVIENDA SOCIAL
RESOLUCIÓN 2267/2020, de 17 de junio, de la Dirección-Gerencia de la Agencia
de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda establecer
un nuevo plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento de enajenación directa de plazas de garaje de su propiedad en el Distrito de Hortaleza.
I. Mediante Resolución 4155/2018, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, se acordó la incoación del procedimiento de
enajenación directa de las plazas de garaje no vinculadas, sitas en el Distrito de Hortaleza,
que habían quedado desiertas en un procedimiento de subasta celebrado anteriormente y se
aprobaron las condiciones por las que debía regirse el procedimiento de enajenación directa. La preceptiva tasación de las plazas de garaje se efectuó en febrero de 2018 y fue prorrogada en noviembre de ese mismo año.
II. En el Anexo II de la Resolución 4155/2018, en el que se regulaban las condiciones del procedimiento de enajenación directa, se estableció (cláusula cuarta) que el plazo
para la presentación de solicitudes que comenzaba con la publicación de la Resolución en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, finalizaba el 30 de diciembre
de 2019.
III. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.2 del Reglamento General de
la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, la tasación mantiene su validez durante el plazo de un año.
Por ello, consta en el expediente informe motivado de fecha 11 de junio de 2020 por
el que se actualizan los valores de las plazas de garaje tras la tasación efectuada en febrero
de 2018 y la necesidad de revisarlos, tal y como exige la legislación patrimonial aplicable
a este procedimiento.
IV. Los garajes pertenecen a las promociones sitas en las calles Alcaraz, 34 y Abizanda, 65-67 (9174.01.01 y 9174.02.01-UVA Hortaleza) y se comercializaron inicialmente en arrendamiento, de conformidad con sus respectivas calificaciones definitivas, ambas
de fecha 29 de abril de 2003, expedientes 7/100 IV y 14/100 IV (8-1-5/97).
Con posterioridad, y tras informe favorable de fecha 13 de noviembre de 2017 del Área
de Calificaciones de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación que consta en el expediente, se acordó la celebración de subasta pública en el año 2018 y finalmente, sobre las
plazas sobrantes, en el año 2019 se publicó un procedimiento de adjudicación directa, tal y
como consta en los expositivos anteriores.
V. Con el fin de dar satisfacción a los distintos intereses de los vecinos del distrito,
y teniendo en cuenta el elevado número de plazas de garaje que quedaron desiertas tanto en
la subasta como en el posterior procedimiento de venta directa, se acuerda ofrecer las plazas
libres tanto en régimen de venta, a través de la ampliación del plazo del procedimiento de
adjudicación directa, como en régimen de alquiler, procedimiento de comercialización inicial,
a cuyo fin se reservan y destinan un determinado número de plazas para ser puestas a disposición de los vecinos.
VI. De acuerdo con lo anterior, vistas la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de
la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; el Decreto 244/2015, de 29 de
diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la organización, estructura y
régimen de funcionamiento de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid,
Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid; Ley 33/2003, de 3
de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; Real Decreto 1373/2009,
de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Patrimonio de
las Administraciones Públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación; y de
conformidad con el Acuerdo de 20 de mayo de 2002, adoptado por el Consejo de Administración del Organismo por el que se delega en el Director-Gerente, entre otras, la compe-
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