Ciempozuelos (BOCM-20200630-38)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 157

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE JUNIO DE 2020

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Pleno de fecha 25 de junio de 2020, por el que se aprueban la
convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para el curso escolar 2020-2021 para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso
escolar 2020-2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www. pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios.—Alumnos y las alumnas escolarizados en alguno de los
cuatro centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta
familiar “per cápita” sea inferior a 9.000 euros.
Segundo. Objeto.—La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del centro educativo en el que se encuentre matriculado el menor,
durante la comida de mediodía.
El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que haya sido concedida.
Tercero. Bases reguladoras.—Convocatoria y bases reguladoras para la concesión
de ayudas económicas para sufragar los gastos de ayudas económicas para sufragar los gastos de comedor escolar a menores matriculados durante el curso escolar 2020-2021 en alguno de los centros de Educación Infantil y Primaria (CEIP) del municipio de Ciempozuelos (www.ayto-ciempozuelos.org).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las
ayudas reguladas asciende a la cantidad de 100.000 euros y podrá ser ampliada a la cuantía de 180.000 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del Programa 323.0, subconcepto 480.02, “Enseñanza ayudas educativas”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a partir de la publicación que legalmente proceda,
que vendrá constituida por la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos se presentarán o enviarán en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de
algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, aporte los documentos preceptivos o subsane la falta.
En Ciempozuelos, a 26 de junio de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(03/14.818/20)

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ISSN 1989-4791

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