Madrid número 85 (BOCM-20200630-64)
Procedimiento 514/2017
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 157

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE JUNIO DE 2020

Pág. 187

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
64

MADRID NÚMERO 85
EDICTO

D./Dña. MARÍA GRACIA FERNÁNDEZ MORÁN, Letrado/a de la Admón. de Justicia
del Juzgado de 1ª Instancia núm. 85.
Da fe: que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de
medidas supuesto contencioso núm. 514/2017 instados por Procurador D./Dña. MARIA
LUISA MARTINEZ PARRA en nombre y representación de D./Dña. CARMEN ZAMORANO MARTIN y contra D./Dña. XOAN CARLOS SANMARTIN RODRIGUEZ en reclamación de modificación de medidas contenciosa, en los que se ha dictado en fecha
05/02/2020 sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA Nº 33/2020
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA SERANTES GÓMEZ.
Lugar: Madrid.
Fecha: cinco de febrero de dos mil veinte.
La Ilma. Sra. Dña. MARIA SERANTES GOMEZ, MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de Primera Instancia nº 85 de MADRID y su partido, habiendo visto los presentes autos
de MODIFICACIÓN DE MEDIDAS CONTENCIOSO 514/2017 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante CARMEN ZAMORANO MARTIN con Procuradora DÑA. MARIA LUISA MARTÍNEZ PARRA y de otra como demandado D.
XOAN CARLOS SANMARTIN RODRIGUEZ, y el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que desestimando parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Dª Mª
LUISA MARTÍNEZ PARRA en nombre y representación de Dª CARMEN ZAMORANO
MARTÍN frente a D. XOAN CARLOS SANMARTIN RODRIGUEZ en situación procesal de rebeldía se acuerda sin pronunciamiento en costas no haber lugar a modificar la sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 85 de Madrid de fecha 22 de julio de 2008.
A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista ene. Art. 497.2 de la LEC.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 85 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se
consignarán los siguientes dígitos 3459-0000-35-0514-17
No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009
Disposición Adicional 15).
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
El/la Juez/Magistrado/a Juez

BOCM-20200630-64

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de APELACION en el plazo de
VEINTE DIAS, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de
50 euros, en la cuenta 3459-0000-35-0514-17 de esta Oficina Judicial de la cuenta general
de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.
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