C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20200630-18)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 589/2020, de 5 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 74
MARTES 30 DE JUNIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 157
4. Las entidades que presenten proyectos deberán comprometerse a cumplir las obligaciones recogidas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria y en la legislación
vigente en materia de subvenciones.
5. Los requisitos de las entidades solicitantes deberán mantenerse hasta la fecha de
justificación de las subvenciones.
6. En el caso de federaciones, el proyecto para el que se solicite la subvención deberá, necesariamente, tener carácter unitario y ser presentado directamente por las mismas,
quienes asumirán los derechos y las obligaciones dimanantes de la presente Orden.
Las subvenciones concedidas a proyectos presentados por federaciones, no podrán ser
destinadas ni transferidas a entidades pertenecientes a las mismas, salvo cuando en el proyecto se consigne dicha circunstancia y su causa y figuren todos los datos requeridos de la
entidad o entidades que vayan a ejecutar el proyecto.
Segundo
Finalidad
La finalidad de la ayudas económicas es promover el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones, contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de
los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1066/2017, de 15 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones
sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de
VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta
prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 277, de 21 de noviembre de 2017.
Cuarto
Importe
El importe global máximo de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 500.000 euros.
La cantidad máxima subvencionable será de 30.000 euros por entidad.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al día de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 5 de junio de 2020.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
BOCM-20200630-18
(03/14.224/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 74
MARTES 30 DE JUNIO DE 2020
B.O.C.M. Núm. 157
4. Las entidades que presenten proyectos deberán comprometerse a cumplir las obligaciones recogidas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria y en la legislación
vigente en materia de subvenciones.
5. Los requisitos de las entidades solicitantes deberán mantenerse hasta la fecha de
justificación de las subvenciones.
6. En el caso de federaciones, el proyecto para el que se solicite la subvención deberá, necesariamente, tener carácter unitario y ser presentado directamente por las mismas,
quienes asumirán los derechos y las obligaciones dimanantes de la presente Orden.
Las subvenciones concedidas a proyectos presentados por federaciones, no podrán ser
destinadas ni transferidas a entidades pertenecientes a las mismas, salvo cuando en el proyecto se consigne dicha circunstancia y su causa y figuren todos los datos requeridos de la
entidad o entidades que vayan a ejecutar el proyecto.
Segundo
Finalidad
La finalidad de la ayudas económicas es promover el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones, contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y calidad de vida del conjunto de
los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
Orden 1066/2017, de 15 de noviembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a asociaciones y otras organizaciones
sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y diagnóstico precoz de
VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta
prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 277, de 21 de noviembre de 2017.
Cuarto
Importe
El importe global máximo de todas las ayudas concedidas no podrá superar la cantidad de 500.000 euros.
La cantidad máxima subvencionable será de 30.000 euros por entidad.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al día de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 5 de junio de 2020.
El Consejero de Sanidad,
ENRIQUE RUIZ ESCUDERO
BOCM-20200630-18
(03/14.224/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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ISSN 1989-4791