C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20200630-17)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 180/2020, de 12 de junio, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a los municipios de la Sierra Norte de Madrid para la dotación de infraestructuras básicas para el ejercicio 2020
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 157

MARTES 30 DE JUNIO DE 2020

Pág. 71

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
17

EXTRACTO de la Orden 180/2020, de 12 de junio, de la Consejería de Vivienda
y Administración Local, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión
de subvenciones a los municipios de la Sierra Norte de Madrid para la dotación
de infraestructuras básicas para el ejercicio 2020.
BDNS: 511716

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los 42 municipios de la Sierra Norte de
Madrid relacionados en el Anexo I de la Orden de convocatoria. Cada Ayuntamiento solo
podrá presentar una única solicitud.
Segundo
Objeto
Favorecer la mejora de la calidad de vida, el mantenimiento de la población, el desarrollo
de la actividad económica y del sistema productivo de la zona, mediante la dotación de infraestructuras urbanas básicas en los núcleos de población rural y centros de actividad económica de la Sierra Norte de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 738/2016, de 6 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122,
de 24 de mayo de 2016 (corrección de errores, Orden 859/2016, de 25 de mayo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de mayo de 2016).
Cuarto
La cuantía de la ayuda, que como mínimo será del 95 por 100 de la inversión subvencionable, podrá llegar, en función de la disponibilidad presupuestaria y de la cantidad de solicitudes recibidas, hasta el 100 por 100 de la misma, previo informe de los Servicios Técnicos de la Dirección General de Administración Local, que determinarán la idoneidad de
la actuación con el objeto de la subvención.
Dentro del límite máximo previsto por las bases reguladoras, para el ejercicio 2020 la
cantidad concedida por municipio en ningún caso podrá superar los 67.000,00 euros, IVA
incluido.
La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.707.000,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2019 prorrogados para 2020.

BOCM-20200630-17

Cuantía