Madrid (BOCM-20200629-39)
Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

Pág. 133

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

BOCM-20200629-39

Resolución a 17 de junio de 2020, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación
y Regeneración, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas convocadas por Decreto de 11 de octubre de 2018, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el
que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2018 con destino a actuaciones de
retirada de amianto de edificios existentes de uso residencial vivienda.
De acuerdo con el artículo 26.2 del Decreto de 11 de octubre de 2018, del delegado del
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, por el que se aprueba la Convocatoria
Pública de Subvenciones 2018 con destino a actuaciones de accesibilidad, conservación y
eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda y el artículo 29 de
la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, la resolución definitiva se publicará en la BDNS, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en este último, junto con su Anexo. Además se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Madrid, https://sede.madrid.es, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo
de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Madrid, a 17 de junio de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y
Regeneración, Isabel Calzas Hernández.
(01/13.736/20)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791