Madrid número 21 (BOCM-20200629-127)
Procedimiento 1206/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 156

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE JUNIO DE 2020

Pág. 255

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
127

MADRID NÚMERO 21
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social
nº 21 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1206/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. FRANCISCO SANCHEZ LÓPEZ frente a INDUSTRIA GRAFICA ALTAIR SA y D./Dña. PABLO FERRANDIZ AVENDAÑO sobre procedimiento
ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
PROVIDENCIA
ILMO. SR/A.: D./Dña. SILVIA PLAZA BALLESTEROS
En Madrid, a ocho de junio de dos mil veinte.
Mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para
la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, actualmente prorrogado hasta el 21 de junio, mediante Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
Del mismo modo, el RD 537/2020, de 22 de mayo, en su disposición derogatoria única acuerda la derogación con efectos de 4/06/2020 de la disposición adicional segunda del
Real Decreto 463/2020 relativa a la suspensión de plazos procesales.
Por lo que, ante la necesidad de reorganizar la agenda del Juzgado a la actual situación
de crisis sanitaria y las necesarias medidas de protección, primando el señalamiento y celebración de procedimientos urgentes e inaplazables y procedimientos suspendidos durante el estado de alarma que tengan dicho carácter, se acuerda la suspensión del presente procedimiento, efectuándose un nuevo señalamiento tan pronto como la crisis sanitaria del
COVID-19 y las medidas de prevención que se dispongan al efecto, lo permitan.
Asimismo, ante la necesidad de reorganizar la agenda del Juzgado a la actual situación
de crisis sanitaria y las necesarias medidas de protección que obligan a distanciar los señalamientos, se requiere a las partes con el fin de evitar suspensiones de actos de Juicios y optimizar los días de señalamientos, para que en el plazo de 2 días, informen si ha sobrevenido durante este tiempo de suspensión de los plazos procesales, algún impedimento o hecho
nuevo que impida la válida celebración del acto del Juicio.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de reposición, en el plazo de tres días siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente hubiere incurrido la resolución impugnada, sin que la
interposición del recurso tenga efectos suspensivos (art. 186.2 y 187 de la LRJS).
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INDUSTRIA GRAFICA ALTAIR
SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20200629-127

LA MAGISTRADA-JUEZ LA LETRADO ADMÓN. JUSTICIA
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