D) Anuncios - Consejería de Economía y Hacienda (BOCM-20110617-48)
Notificación –  Resolución de 27 de mayo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica Resolución de denegación de la solicitud de autorización para instalar máquinas recreativas con premio programado para el establecimiento de hostelería denominado “Porque No”, presentada por don Ramón Gregorio La Hoz Verderlindfer, como titular del establecimiento, y por “Egasa XXI, Sociedad Anónima”, como empresa operadora
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011

Pág. 119

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia para dictar la presente Resolución corresponde al Director General de
Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, al amparo de lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de
la Ley 6/2001, del Juego en la Comunidad de Madrid; en el artículo 47.3 del Reglamento de
Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 73/2009,
de 30 de julio, y en el artículo 18.2.d) del Decreto 25/2009, de 18 de marzo, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía
y Hacienda.
Segundo
En el artículo 4 de la Ley 6/2001, de 3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid,
se establece que el ejercicio de las actividades incluidas en su ámbito de aplicación requerirán autorización administrativa previa.
Tercero
En los artículos 2 y 10 del Reglamento General del Juego de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto 23/1995, de 16 de marzo, se establece, respectivamente, que el ejercicio empresarial de cualquier actividad relacionada con la celebración y organización de
juegos y apuestas está sujeto a las autorizaciones administrativas que se determinen en los
Reglamentos Técnicos específicos, y que la concesión de las mismas se realizará conforme
al procedimiento y con las condiciones que los mismos establezcan.
Cuarto
En el artículo 46 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 73/2009, de 30 de julio, se define la autorización de
instalación como el documento administrativo que habilita a una empresa operadora para
instalar máquinas recreativas y de juego de los tipos B1 o D en un establecimiento concreto de los contemplados en los artículos 42 y 43.1.
Quinto
En el artículo 43.1 del citado Reglamento se establecen los establecimientos en los que
se puede autorizar la instalación de máquinas de tipo B1, incluyendo en su apartado a) los
bares-cafeterías.
Sexto
En el artículo 48 del citado Reglamento, se establece que la autorización se concederá por un período improrrogable de cinco años. Durante la vigencia de una autorización que
ampare la instalación de máquinas de tipo B1, no se podrá conceder otra nueva para instalar máquinas de la misma tipología.
Vistos los artículos anteriormente mencionados y demás disposiciones de general aplicación, y en uso de las competencias legalmente atribuidas,
RESUELVO

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

BOCM-20110617-48

Denegar la solicitud de autorización de instalación de máquinas recreativas y de juego referida en el encabezamiento.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que
los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de
sus derechos.
Madrid, a 27 de abril de 2011.—El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General de
Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.
(03/20.983/11)
ISSN 1989-4791