Cuenca número 1 (BOCM-20110617-155)
Ejecución títulos judiciales 267 de 2010
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
Pág. 249
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
155
CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Cuenca.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 267
de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Ayala Hernáiz, contra la empresa “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han
dictado resoluciones de fecha 14 de enero de 2011, cuyos encabezamientos y partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto
Magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna.—En Cuenca, a 14 de
enero de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don
Luis Ayala Hernáiz, frente a “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, parte
ejecutada, por importe de 1.182,61 euros en concepto de principal, más otros 280,10 euros
que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse
durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del
presente auto y del decreto que se dicte.
Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado y rubricado).
Decreto
Secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 14 de enero de 2011.
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110617-155
Parte dispositiva:
Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la número 170 de 2010 seguida en este Juzgado a instancias de don Juan Manuel García de la Rosa, contra la misma ejecutada “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 12.282,21 euros de principal, más 2.467,28 euros para
intereses y costas (salvo error u omisión).
Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a la que esta se acumula.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cuenca, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.042/11)
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
Pág. 249
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
155
CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Cuenca.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 267
de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Ayala Hernáiz, contra la empresa “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han
dictado resoluciones de fecha 14 de enero de 2011, cuyos encabezamientos y partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Auto
Magistrado-juez de lo social, don Fernando Lisbona Laguna.—En Cuenca, a 14 de
enero de 2011.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don
Luis Ayala Hernáiz, frente a “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, parte
ejecutada, por importe de 1.182,61 euros en concepto de principal, más otros 280,10 euros
que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse
durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del
presente auto y del decreto que se dicte.
Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado y rubricado).
Decreto
Secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 14 de enero de 2011.
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110617-155
Parte dispositiva:
Acuerdo: Acumular la presente ejecución a la número 170 de 2010 seguida en este Juzgado a instancias de don Juan Manuel García de la Rosa, contra la misma ejecutada “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de todas las ejecuciones acumuladas a un total de 12.282,21 euros de principal, más 2.467,28 euros para
intereses y costas (salvo error u omisión).
Afectándose los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas. Llévese testimonio de la presente resolución así como de la sentencia dictada en estos autos y de los particulares necesarios a la ejecución a la que esta se acumula.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cuenca, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.042/11)
ISSN 1989-4791