C) Otras Disposiciones - Consejería de Economía y Hacienda (BOCM-20110617-30)
Deuda pública – Orden de 15 de junio de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 325.000.000 de euros
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía y Hacienda
30
ORDEN de 15 de junio de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por
la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 325.000.000 de euros.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de junio de 2011, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones
de Deuda Pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 2.041.732.350 euros, de
acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación
de las Comunidades Autónomas.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y
Hacienda, acordó el 2 de junio de 2011, conforme al artículo 38.1 de la Ley 8/2010, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011, la
realización de varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo
de 1.270.000.000 de euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37
de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2011.
En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado, y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid
proceda a realizar una emisión de Deuda Pública a cinco años. El importe no excede del límite autorizado en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de junio de 2011.
En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 8/2010, de 23 de diciembre,
DISPONGO
Primero
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
—
Importe: 325.000.000 de euros.
Modalidad: Bonos a cinco años.
Fecha de emisión y desembolso: 21 de junio de 2011.
Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 325.000.000 de euros.
Fecha de vencimiento: 21 de junio de 2016.
Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.
Amortización anticipada: No permitida.
Cupón: 6,213 por 100 anual, base Act/Act pagadero en los aniversarios de la fecha
de emisión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final. Si una fecha de pago
de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2 de pagos europeo, el
pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.
Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en
cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación
del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de
Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000 euros.
Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a las entidades suscriptoras.
BOCM-20110617-30
Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:
B.O.C.M. Núm. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE JUNIO DE 2011
Pág. 69
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Economía y Hacienda
30
ORDEN de 15 de junio de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por
la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 325.000.000 de euros.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de junio de 2011, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y una o varias emisiones
de Deuda Pública a largo plazo, hasta un importe máximo de 2.041.732.350 euros, de
acuerdo con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación
de las Comunidades Autónomas.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y
Hacienda, acordó el 2 de junio de 2011, conforme al artículo 38.1 de la Ley 8/2010, de 23
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011, la
realización de varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo
de 1.270.000.000 de euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37
de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2011.
En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado, y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid
proceda a realizar una emisión de Deuda Pública a cinco años. El importe no excede del límite autorizado en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de junio de 2011.
En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 8/2010, de 23 de diciembre,
DISPONGO
Primero
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Importe: 325.000.000 de euros.
Modalidad: Bonos a cinco años.
Fecha de emisión y desembolso: 21 de junio de 2011.
Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 325.000.000 de euros.
Fecha de vencimiento: 21 de junio de 2016.
Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.
Amortización anticipada: No permitida.
Cupón: 6,213 por 100 anual, base Act/Act pagadero en los aniversarios de la fecha
de emisión hasta e incluyendo la fecha de vencimiento final. Si una fecha de pago
de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET2 de pagos europeo, el
pago de intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que el tenedor de los bonos tenga derecho a percibir intereses adicionales por dicho diferimiento.
Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en
cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación
del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de
Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000 euros.
Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.
Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a las entidades suscriptoras.
BOCM-20110617-30
Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características: