Madrid número 38 (BOCM-20110616-66)
Juicio de faltas 124 de 2010
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011

Pág. 355

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
66

MADRID NÚMERO 38
EDICTO

Don Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, secretario del Juzgado de instrucción número 38 de Madrid.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 124 de 2010 se ha dictado la
presente sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia
En Madrid, a 8 de febrero de 2010.—Vistos por mí, Juan Antonio Sáenz de San Pedro
y Alba, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 38 de Madrid, los presentes
autos de juicio de faltas número 124 de 2010, en los que han sido partes el fiscal y, como
implicados, don Gabriel Cau y doña Marian Cau, en calidad de denunciados, en virtud de
las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el
Rey, dicto la siguiente sentencia.
Fallo

BOCM-20110616-66

Que debo condenar y condeno a don Gabriel Cau y doña Marian Cau, como autores de
una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa, a cada uno de ellos,
siendo la cuota diaria de 5 euros, con el apercibimiento de que si no satisfacen voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Y al abono de las costas causadas en el presente procedimiento.
Se acuerda la devolución definitiva de los objetos incautados a su legítimo dueño, el
establecimiento “El Corte Inglés”.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
Durante este período se hallarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes. El recurso se formalizará y tramitará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Gabriel Cau y doña Marian Cau, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
En Madrid, a 13 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).
(03/19.484/11)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791