Madrid número 30 (BOCM-20110616-153)
Ejecución 102 de 2011
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 457
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
153
MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra
“Rocyser, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se han dictado auto y decreto de fecha 17 de mayo de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución
solicitada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra “Rocyser, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.296,59 euros de principal, más 207,45 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con
los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Parte dispositiva:
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110616-153
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en
diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente
ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, notificación que a la demandada se realizará de forma edictal en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición
del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Haciéndoles
saber que deberá consignarse, previamente a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en
“Banesto”, con número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19,
de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el
mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no
tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social
o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos Autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín
Oficial del Estado” 4 de noviembre de 2009).
Así lo acuerdo y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rocyser, Sociedad Limitada”, en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Madrid, a 17 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.566/11)
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 457
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
153
MADRID NÚMERO 30
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 102 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra
“Rocyser, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se han dictado auto y decreto de fecha 17 de mayo de 2011, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución
solicitada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, contra “Rocyser, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.296,59 euros de principal, más 207,45 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con
los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Parte dispositiva:
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110616-153
Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en
diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente
ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, notificación que a la demandada se realizará de forma edictal en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición
del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Haciéndoles
saber que deberá consignarse, previamente a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en
“Banesto”, con número 2803, entidad 0030, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19,
de Madrid, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el
mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no
tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social
o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos Autónomos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín
Oficial del Estado” 4 de noviembre de 2009).
Así lo acuerdo y firmo.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rocyser, Sociedad Limitada”, en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Madrid, a 17 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.566/11)
ISSN 1989-4791