Madrid número 32 (BOCM-20110616-157)
Demanda 1.546 de 2010
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011

B.O.C.M. Núm. 141

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
157

MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.546 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Duver Marlene Saquinga Tituana, contra
doña Nuria Álvarez Barrio y doña Esther María Álvarez Barrio, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 134 de 2011
En Madrid, a 15 de marzo de 2011.—Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto, en funciones de refuerzo, del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber
visto los presentes autos sobre despido, entre doña Duver Marlene Saquinga Tituana, como
demandante, y doña Esther María Álvarez Barrio y doña Nuria Álvarez Barrio, como demandadas, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

BOCM-20110616-157

Que desestimando la excepción planteada y estimando en parte la demanda interpuesta por doña Duver Marlene Saquinga Tituana, contra la demandada doña Esther María Álvarez Barrio, debo declarar y declaro la improcedencia del despido producido con fecha 19
de noviembre de 2010 y debo condenar y condeno a la empresaria demandada a que opte
entre readmitir a la actora en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizar a
la parte actora en la cantidad de 5.500 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de
salario por cada año de servicio prestado por la trabajadora, computados desde el día 6 de
octubre de 2004, hasta la fecha del despido 19 de noviembre de 2010, así como al abono de
los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido que se declara improcedente hasta la fecha de la presente sentencia, o hasta que la actora hubiera encontrado empleo, si el
mismo fuera anterior a dicha sentencia, a razón de 20 euros brutos diarios; absolviendo a la
codemandada doña Nuria Álvarez Barrio de los pedimentos contenidos en su contra en el
escrito de la demanda.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.
Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón
de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de
emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Nuria Álvarez Barrio y doña
Esther María Álvarez Barrio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—El secretario judicial (firmado).
(03/19.635/11)

ISSN 1989-4791