Madrid número 37 (BOCM-20110616-171)
Demanda 1.434 de 2010
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 477
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
171
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.434 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Gherasim, contra don Alistar Relu,
sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 197 de 2011
En Madrid, a 10 de mayo de 2011.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del
Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Alexandru Gherasim, que comparece
y, de otra, como demandado, don Alistar Relu, que no comparece, en nombre del Rey ha
dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110616-171
Que desestimando la demanda formulada por don Alexandru Gherasim, frente a don
Alistar Relu, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones deducidas en su
contra.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la
cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de
Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, acreditando
mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago
de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de
este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la
cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga
constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el
anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación
del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alistar Relu, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Madrid, a 10 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.746/11)
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 141
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE JUNIO DE 2011
Pág. 477
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
171
MADRID NÚMERO 37
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.434 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alexandru Gherasim, contra don Alistar Relu,
sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Sentencia número 197 de 2011
En Madrid, a 10 de mayo de 2011.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del
Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Alexandru Gherasim, que comparece
y, de otra, como demandado, don Alistar Relu, que no comparece, en nombre del Rey ha
dictado la siguiente sentencia.
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
BOCM-20110616-171
Que desestimando la demanda formulada por don Alexandru Gherasim, frente a don
Alistar Relu, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones deducidas en su
contra.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150 euros en la
cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de
Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, acreditando
mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago
de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, agencia 1143, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, a nombre de
este Juzgado con el número 0030/1143/2810/0000/65, seguidos del número de autos, la
cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga
constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el
anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación
del recurso al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Alistar Relu, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Madrid, a 10 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.746/11)
ISSN 1989-4791