D) Anuncios - Consejería de Economía y Hacienda (BOCM-20110615-31)
Notificación –  Resolución de 19 de mayo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a don Justo Martín Pinto, de subsanación de la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de hostelería denominado “Liverpool”, sito en la avenida Alameda, número 14, de Fuente el Saz de Jarama (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011

Pág. 221

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía y Hacienda
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RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a don Justo Martín Pinto, de subsanación de la solicitud de autorización para
la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de
hostelería denominado “Liverpool”, sito en la avenida Alameda, número 14, de
Fuente el Saz de Jarama (Madrid).

Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder subsanar
la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el
establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación
al interesado se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido
practicar por causas no imputables a esta Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se
procede por la presente a publicar el contenido de dicha Resolución de requerimiento, cuyo
texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado de que también se ha
efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio
conocido.
En Madrid, a 19 de mayo de 2011.—El Director General de Tributos y Ordenación y
Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General
de Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.
ANEXO
Examinada la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con
premio en el local sito en Fuente el Saz de Jarama (Madrid), avenida Alameda, número 14,
presentada el 15 de abril de 2011, le comunico que deberá remitir la documentación que a
continuación se especifica en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente comunicación, por apreciarse dificultades especiales para la aportación de dichos documentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero. Se le informa de que transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado los
documentos solicitados se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

BOCM-20110615-31

— Certificado del Ayuntamiento correspondiente sobre la situación administrativa
del expediente municipal en el momento de la solicitud de autorización de instalación, en el que, además, deberá constar la actividad y la ubicación del establecimiento.
— Documento suscrito por un comunero, en el que autorice al otro a ser titular de la
autorización para instalar máquinas recreativas o, en su defecto, declaración responsable del mismo sobre dicha disponibilidad, cuya firma deberá estar reconocida o adverada por entidad bancaria o legitimada por fedatario público.
Madrid, a 19 de abril de 2011.—La Jefa del Área de Gestión del Juego, Rosario García Sanz.
(03/20.588/11)
ISSN 1989-4791