D) Anuncios - Consejería de Economía y Hacienda (BOCM-20110615-23)
Notificación –  Resolución de 17 de mayo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a “Wok Tres Cantos, Sociedad Limitada”, de subsanación de la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de hostelería denominado “Cafetería San Blas”, sito en la calle Hermanos García Noblejas, número 45, de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011

B.O.C.M. Núm. 140

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía y Hacienda
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RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento a “Wok Tres Cantos, Sociedad Limitada”, de subsanación de la solicitud de
autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el
establecimiento de hostelería denominado “Cafetería San Blas”, sito en la calle
Hermanos García Noblejas, número 45, de Madrid.

Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder subsanar
la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el
establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación
a la interesada se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido
practicar por causas no imputables a esta Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se
procede por la presente a publicar el contenido de dicha Resolución de requerimiento, cuyo
texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a la interesada de que también se
ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
En Madrid, a 17 de mayo de 2011.—El Director General de Tributos y Ordenación y
Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General
de Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.
ANEXO
Examinada la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con
premio, en el local sito en Madrid, calle Hermanos García Noblejas, número 45, presentada el 5 de abril de 2011, le comunico que deberá remitir la documentación que a continuación se especifica en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la
notificación de la presente comunicación, por apreciarse dificultades especiales para la
aportación de dichos documentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero. Se le informa de que transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado los documentos solicitados se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.
DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

BOCM-20110615-23

— Documento acreditativo de la obtención de licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento donde se vayan a instalar las máquinas a nombre
del solicitante titular del mismo o, en su caso, de la solicitud de dicha licencia o
del cambio de titularidad de la misma, sin perjuicio de la admisión de cualquier
documento o certificado del Ayuntamiento correspondiente sobre la situación
administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de la autorización de instalación , en el que, además, deberá constar la actividad y la ubicación del establecimiento.
Madrid, a 27 de abril de 2011.—La Jefa del Área de Gestión del Juego, Rosario García Sanz.
(03/20.853/11)
ISSN 1989-4791