Madrid número 15 (BOCM-20110615-174)
Ejecución 59 de 2009
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 392
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
174
MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15
de Madrid.
BOCM-20110615-174
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 59 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Elison Hernández Araujo, contra la empresa
“Arkoplac Decoración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
resolución:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Arkoplac Decoración, Sociedad Limitada”, en situación
de insolvencia parcial por importe de 3.306,78 euros. Insolvencia que se entenderá a todos
los efectos como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Si el recurrente no tiene
la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá
dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso
no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de
cuenta corriente 2513, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
b) Mediante transferencia a dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios
0030/1143/00/0000002513, indicando el número de procedimiento y la persona o empresa
que hace el ingreso.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arkoplac Decoración, Sociedad
Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.594/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 392
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MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
174
MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15
de Madrid.
BOCM-20110615-174
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 59 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Elison Hernández Araujo, contra la empresa
“Arkoplac Decoración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
resolución:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Arkoplac Decoración, Sociedad Limitada”, en situación
de insolvencia parcial por importe de 3.306,78 euros. Insolvencia que se entenderá a todos
los efectos como provisional.
b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes
de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Si el recurrente no tiene
la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá
dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso
no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de
cuenta corriente 2513, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
b) Mediante transferencia a dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios
0030/1143/00/0000002513, indicando el número de procedimiento y la persona o empresa
que hace el ingreso.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arkoplac Decoración, Sociedad
Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 16 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.594/11)
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