Cuenca número 1 (BOCM-20110615-233)
Ejecución 170 de 2010
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 456
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
233
CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Cuenca.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 170
de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel García de la
Rosa, don Javier Ojeda Alcocer, don Ernesto López Valladares, doña Ana María Reillo
Iturvide, don Luis Ayala Hernáiz y doña María Luz de la Cruz González, contra la empresa “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las
siguientes resoluciones de fechas 30 de noviembre de 2010; 12, 25 y 27 de enero y 3 de
marzo de 2011, del tenor literal siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 30 de noviembre de 2010.
Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “Hernáiz Hermosilla Asociados,
Sociedad Limitada”, en las siguientes entidades “Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona”, “Banco Español de Crédito”, “Caja España” y “Caja de Ahorros del Mediterráneo”, y
ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas a saber
7.216,60 euros de principal y 1.495,05 euros presupuestados para intereses y costas.
Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará
constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer
constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto, se remitirá directamente a este órgano judicial.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—
En Cuenca, a 12 de enero de 2011.
El anterior despacho remitido por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de
Cuenca, únase a los autos de su razón y dese traslado de la diligencia practicada por dicho
Servicio a la parte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial para su conocimiento.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—
En Cuenca, a 25 de enero de 2011.
Queda pendiente a satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 12.282,21 euros de
principal y 2.467,28 euros en concepto de intereses y costas, y no habiendo encontrado bienes suficientes y de conformidad al artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral,
acuerdo: Dar audiencia a don Juan Manuel García de la Rosa, don Javier Ojeda Alcocer,
don Ernesto López Valladares, doña Ana María Reillo Iturvide, don Luis Ayala Hernáiz y
al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten lo que a su
derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes
concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
Notifíquese a las partes.
BOCM-20110615-233
Parte dispositiva:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 456
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
233
CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Cuenca.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 170
de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel García de la
Rosa, don Javier Ojeda Alcocer, don Ernesto López Valladares, doña Ana María Reillo
Iturvide, don Luis Ayala Hernáiz y doña María Luz de la Cruz González, contra la empresa “Hernáiz Hermosilla Asociados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las
siguientes resoluciones de fechas 30 de noviembre de 2010; 12, 25 y 27 de enero y 3 de
marzo de 2011, del tenor literal siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—En Cuenca, a 30 de noviembre de 2010.
Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “Hernáiz Hermosilla Asociados,
Sociedad Limitada”, en las siguientes entidades “Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona”, “Banco Español de Crédito”, “Caja España” y “Caja de Ahorros del Mediterráneo”, y
ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas a saber
7.216,60 euros de principal y 1.495,05 euros presupuestados para intereses y costas.
Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará
constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer
constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto, se remitirá directamente a este órgano judicial.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—
En Cuenca, a 12 de enero de 2011.
El anterior despacho remitido por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de
Cuenca, únase a los autos de su razón y dese traslado de la diligencia practicada por dicho
Servicio a la parte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial para su conocimiento.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta
esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión
de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del
recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ángeles de las Heras López.—
En Cuenca, a 25 de enero de 2011.
Queda pendiente a satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 12.282,21 euros de
principal y 2.467,28 euros en concepto de intereses y costas, y no habiendo encontrado bienes suficientes y de conformidad al artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral,
acuerdo: Dar audiencia a don Juan Manuel García de la Rosa, don Javier Ojeda Alcocer,
don Ernesto López Valladares, doña Ana María Reillo Iturvide, don Luis Ayala Hernáiz y
al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten lo que a su
derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes
concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
Notifíquese a las partes.
BOCM-20110615-233
Parte dispositiva: