Madrid número 1 (BOCM-20110615-134)
Demanda 1.123 de 2010
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 350
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.123 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ciprián Pop, doña María Anca Andor y don
Marius Petre Teodor, contra la empresa “Pizza y Lain, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
BOCM-20110615-134
Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y en su conformidad se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en
única convocatoria la audiencia 26 de enero de 2012, a las diez y cuarenta horas, en la Sala
de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, primera planta, 28020
Madrid, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los
interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados así como del escrito de
subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda cuya copia se adjunta, cítese al demandado y requiérase la documental solicitada al demandado, se requiere a la parte demandada, a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios
de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.
Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55
y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.
Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda según artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—La secretaria judicial, doña Rosario
Barrio Pellegrini.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pizza y Lain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.597/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
134
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de
Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.123 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ciprián Pop, doña María Anca Andor y don
Marius Petre Teodor, contra la empresa “Pizza y Lain, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
BOCM-20110615-134
Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y en su conformidad se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en
única convocatoria la audiencia 26 de enero de 2012, a las diez y cuarenta horas, en la Sala
de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, primera planta, 28020
Madrid, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los
interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados así como del escrito de
subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda cuya copia se adjunta, cítese al demandado y requiérase la documental solicitada al demandado, se requiere a la parte demandada, a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios
de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.
Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55
y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.
Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda según artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—La secretaria judicial, doña Rosario
Barrio Pellegrini.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pizza y Lain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/19.597/11)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791